Sentencia nº 00335 de Tribunal de Familia, de 26 de Febrero de 2004

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia02-100018-0197-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

VOTO No.335-04

TRIBUNAL DE FAMILIA.- S.J., a las diez horas veinte minutos del veintiséis de febrero del dos mil cuatro.

Proceso Ordinario, establecido por A.J.A., mayor, divorciado, oficios domésticos, vecina de Mercedes Norte de Puriscal, cédula número uno-setecientos noventa-doscientos setenta y seis, contra R.C.C., mayor, divorciado, educador, vecino de Puriscal, cédula número uno-setecientos setenta y nueve-doscientos veintisiete. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO

  1. -

    Por las razones de hecho y fundamentos de derecho que invoca la actora en su demanda, solicita que en sentencia se declare: La nulidad del adicional al convenio de divorcio, el cual fue firmado el día veintisiete de marzo del dos mil uno, ante el N.H.H.R., documentos que adicionó el convenio de divorcio por mutuo consentimiento suscrito ante el mismo notario el día dieciséis de febrero del dos mil uno, y consta en el tomo seis, escritura número ciento veintitrés, visible al folio cien frente. De tal forma que quede en todo firme y valedero únicamente el convenio de divorcio suscrito en el protocolo del mismo notario número seis, escritura número ciento veinte, con fecha de las diecinueve horas del dieciséis de febrero del dos mil uno, y ambas costas a cargo del demandado. Funda sus pretensiones en los siguientes hechos: 1) Que contrajo matrimonio el día nueve de diciembre de mil novecientos noventa y producto de esa unión nació su único hijo, el menor R.A.C.J. 2) Debido a graves problemas imposibles de conciliar su esposo y ella el día dieciséis de febrero del año dos mil uno, firmaron ante el Notario, H.H.R. un convenio de divorcio en el cual en lo que interesa establecieron entre otras cosas; a.- Que la guarda, crianza y educación de su hijo quedaban a su único y exclusivo cargo, la patria potestad era compartida. b.- Renunciaron ambos cónyuges a pedirse pensión alimenticia (textual) recíprocamente, y establecieron una pensión para el hijo de treinta mil colones mensuales. c.- Finalmente establecieron que su único bien ganancial, es decir la finca del Partido de San José, Folio Real matrícula: 514820-000 el cual estaba en ese entonces a su nombre y así convinieron en que dicho bien, continuaría, en su poder, de tal forma que su exesposo renunció al derecho ganancial, que pudiera corresponderle sobre ese bien. 3) Dentro del lapso de tiempo que va del día de firma de este convenio, a el veintisiete de marzo del dos mil uno, R.C, producto de rumoraciones que indicaban que ella había cometido adulterio, le hizo objeto de todo tipo de intimaciones y manipulaciones a fin de conseguir volviera a convivir con él y sobretodo de que firmara un adicional al convenio de divorcio que para la fecha ya se estaba tramitando posiblemente en ese Juzgado. 4) Como ni la familia ni él lograron que regresara con él, el día veintisiete de marzo del dos mil uno, el demandado se presentó a la escuela de rehabilitación de S.A. donde su hijo recibía tratamiento, y delante de varias personas que al final cita como testigos incluso de la directora del centro, empezó a ofenderla, a insultarla y decirle que debía firmarle otro convenio de divorcio. Le amenazó de que le quitaría a su hijo, golpeó a su acompañante R.J. J., e intentó llevarse a su hijo. Ante todo esto ella accedió a acompañarlo al Abogado, se sentía avergonzada y temerosa, el Abogado le presentó el convenio que R.insistía firmara, éste le aseguró que el bien quedaría a nombre de su hijo que solo eso cambiaría, ella no estaba muy convencida pero él, le insultaba en forma constante, le trataba de zorra, puta, etc., firmó y salió corriendo del lugar. 5) Luego de la firma de ese documento ella trató de regresar a la casa donde vivían y en la que él se había...

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