Sentencia nº 02072 de Tribunal de Familia, de 24 de Noviembre de 2004

PonenteAna María Picado Brenes
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia03-400041-0687-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoIncidente de modificación de guarda, crianza y educación

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO: 1651-03 (03-400041-687-FA)

VOTO 2072-04

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSE, al ser las diez horas treintaminutos del veinticuatro de noviembre del dos mil cuatro.-

Proceso sumario de modificación de guarda, crianza y educación, establecido por G. Q., mayor, casado dos veces, transportista, vecino de Alajuela, cédula número dos-cuatrocientos ochenta y seis-setecientos cuarenta y ocho contra G.P.F.T., mayor,divorciada una vez, ama de casa, vecina de Guanacaste, cédula número cinco-trescientos seis-seiscientos noventa y tres.

RESULTANDO:

  1. El actor con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: ”Se me confiera la guarda, crianza y educación de mis dos hijos G.A.y C.A.ambos Q.F.y demás calidades dichas, atendiendo siempre el interés superior de los menores y considerando su deseo manifiesto, así como la mejoría en la condición de vida de ambos.”

  2. La demandada fue debidamente notificada dela presente acción la cual contestó en forma extemporánea.

  3. El Licenciado D.E.S.M., juez de Familia de Grecia, por sentencia dictada al ser las trece horas del tres de septiembre del dos mil tres, resolvió: “POR TANTO:De conformidad con los artículos432, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, y 152 siguientes y concordantesdel Código de Familia, SE DECLARA CON LUGAR la demanda sumaria de modificación de guarda, crianza y educaciónentablada por G.Q.U.contra G.P.F.T., en los siguientes términos:Se confiere a G.Q.U. en su carácter de padre en el ejercicio de la autoridad parental la guarda de los menores de edad C.A.y G.A, ambos Q.F, la cual deberáejercer en la forma más inmediata posible, pudiendo delegarla parcial ymomentáneamente en suspropios padres bajo su responsabilidady sindesentenderse de sus deberes.Esta resolución se toma sinperjuicio del derecho de las partes a la relaciónfamiliar con losmenores, la cual podrán regular por mutuo acuerdo o por decisiónde este Despacho.Se resuelve el presente asunto sin especialcondenatoria en costas.”

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto porla demandada contra la referida sentencia.Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley.En los procedimientos se hanobservado las prescripciones correspondientes.

Redacta la jueza P.B., y

CONSIDERANDO:

PRIMERO

Mediante sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, a las trece horas del tres de setiembre del dos mil tres, se declaró con lugar el proceso de “Modificación de Guarda, Crianza y Educación” entablada por G.Q.U. contra G.P.F. T.. Se confirió al primero la guarda de los menores C.A.y G.A.ambos Q.F, y se le permite delegarla parcial y momentáneamente en sus propios padres, bajo su responsabilidad y sin desentenderse de sus deberes.

SEGUNDO

Recurre la sentencia de primera instancia la parte demandada, quien en su escrito de apelación...

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