Sentencia nº 00301 de Tribunal de Familia, de 15 de Marzo de 2006

PonenteAna María Picado Brenes
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-400148-0425-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J.,a las once horas diez minutos del quince de marzo del año dos mil seis.-

Proceso Especial de Filiación “Investigación de Paternidad” de SEIDYARIAS DÍAZ, mayor, divorciada, profesora, con cédula número seis-doscientos setenta-ochocientos diecinueve, vecina de Damas de A.; contra R.R.C., mayor, casado, chofer, con cédula número seis-doscientos veintiocho-novecientos ochenta y uno, vecino de la Inmaculada. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO:

1

La actora, con base en los hechos contenidos en la demanda, solicita que en sentencia se declare: a) Que en base a todas las probanzas aquí indicadas se declare con lugar la presente, el reconocimiento de paternidad por parte del aquí accionado a favor de mi hijo F.A.D, nacido el once de setiembre del dos mil dos; b) se condene el accionado al pago de ambas costas de la acción; c) que además se condene al reembolso de gastos como lo establece el numeral 96 del Código de Familia.-

2

El demandado fue notificado de esta acción, contestó la demanda negativamente, solicitando se declare sin lugar la presente demanda y se condene a la actora al pago de ambas costas del proceso, así como el pago de daños y perjuicios ocasionados.-

3

La Licenciada A.B.F., Juez del Juzgado de Familia de A. y Parrita, Quépos, por sentencia de las trece horas del veinticinco de noviembre del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículo 53 y 54 de la Constitución Política, artículo 7, 9 y 18 de la Convención de los derechos del Niño, ratificada por Costa Rica mediante Ley No.7184, 2, 4, 8, 91, 92, 93, 96, 97, 98 y siguientes del Código de Familia, artículo 30 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 153, 155, 221, 317, 420 inciso 2) 422 a 428 del Código Procesal Civil, FALLO: Se declara CON LUGAR EN TODOS SUS EXTREMOSla demanda abreviada de declaración de paternidad de S.A.D. contra R.R. CASTILLO y se declara que el menor F.A.A.D. es hijo del mismo con todos los derechos que la filiación implica, siendo que la determinación de la cuota alimentaria debe ser resuelta en la jurisdicción respectiva. Firme esta sentencia mediante ejecutoria inscríbase, en el Registro Civil, Sección de nacimientos, provincia de PUNTARENAS, TOMO cuatrocientos setenta y cinco, PÁGINA ciento noventa y siete, ASIENTO: trescientos noventa y tres. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 96 del Código de Familia...

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