Sentencia nº 01556 de Tribunal de Familia, de 27 de Septiembre de 2006

PonenteOscar Corrales Valverde
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia02-400153-0424-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

INTERNO:877-06

ASUNTO:INVESTIGACION DE PATERNIDAD

DE:D.R.C.

CONTRA:C.L.F.C. VOTO N° 1556-06

TRIBUNAL DE FAMILIA.- S.J., a las diez horas cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis.

PROCESO DE EJECUCION DE SENTENCIA dentro del PROCESO ESPECIAL DE FILIACION, de DAYSI RIOS CEDEÑO, mayor, soltera, costarricense, administrador del hogar, vecina de San Vito de Coto Brus, cédula número seis-doscientos cincuenta-quinientos treinta y uno, contra C.L.F.C., mayor, casado una vez, costarricense, J. del Departamento de Hospital de P.Z., vecino de P.Z., cédula número uno-quinientos sesenta-cero noventa y siete. Interviene el Licenciado M.A.D. como abogado director de la parte actora y la Licenciada P.R.A. como abogada directora de la parte demandada, establecido por la actora. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO

  1. -

    Solicita la parte actora que en sentencia se condene al accionado al pago de la suma de cuatro millones quinientos mil colones, desglosados en gastos prenatales la suma de quinientos mil colones, gastos posnatales la suma dequinientos mil colones y gastos personales del proceso en la suma de tres millones quinientos mil colones.

  2. -

    Que el demandado fue debidamente notificado de la presente acción y dentro del plazo contestó en forma negativa en los términos de su memorial visible a folio 178 al 182, interpuso las excepciones de Falta de Derecho y Falta de Legitimación.

  3. -

    El Licenciado L.J.G.P., Juez del Juzgado de Familia de Corredores, C.N.P., por sentencia dictada a las dieciséis horas con cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil seis, resolvió: “POR TANTO: Razones dichas y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1° de los artículos 97, 98 y 239 del Código Procesal Civil, se rechaza los rubros liquidados por la parte actora D.R.C. contra C.L.F. C. visible a folios 170 y 171. Se acoge la excepción de Falta de Derecho y rechaza la excepción de Falta de Legitimación.”

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de ley.- En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.

    R.J.C.V.; y,

    CONSIDERANDO:

PRIMERO

La señora D.R.C. presentó mediante escrito de folio 170 liquidación de las partidas de gastos de maternidad,alimentos y costas por las siguientes partidas: gastos prenatales quinientos...

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