Sentencia nº 01339 de Tribunal de Familia, de 2 de Octubre de 2007

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2007
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-001118-0187-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSimulación y liquidación anticipada de bienes gananciales

FAX. 256-44-52, LIC. P.B.R.

()DEMANDADO: JULIO E. JURADO DEL BARCO

LIC. R.G.M., Paseo Colón, Edificio del Centro Colón, último piso (Penthouse), Bufete Robles Oreamuno & Asociados.

()NOVATERRA S. A. y DOSSIERS. A.

FAX. 253-12-62, LIC. A.A.

EXPEDIENTE: 04-001118-0187-FA

INTERNO: 541-07 (1)

ASUNTO: APELACION POR INADMISION(ORD. LIQUD.)

PARTES: R.L.P.R.

CONTRA: JULIO ENRIQUE JURADO DEL BARCO, NOVATERRA S.A. Y DOSHER S.A.

VOTO NO. 1339-07

TRIBUNAL DE FAMILIA. A las ocho horas del dos de octubre del dos mil siete.-

Apelación por Inadmisión presentada por JULIO ENRIQUE JURADO DEL BARCO, contra la resolución de las siete horas cuarenta y siete minutos del doce de marzo del dos mil siete, dentro de PROCESO ORDINARIO DE LIQUIDACION DE BIENES GANANCIALES tramitado en el Juzgado Segundo de Familia de San José,y

CONSIDERANDO

I.-

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 586 del Código Procesal Civil, el recurso de apelación por inadmisión debe ajustarse a los requisitos formales previstos, so pena de rechazarlo de plano si no se cumple con esa formalidad. De manera que el escrito en donde se formule el mismo, debe necesariamente contener los siguientes requisitos: 1) Los datos generales del asunto que se requieran para su identificación. 2) La fecha en que fue presentado el recurso de apelación en primera instancia. 3) La fecha en que la resolución apelada quedó notificada a todas las partes. 4) La fecha en que quedó notificada a todas las partes la resolución que desestima la apelación. 5) La copia literal de la resolución que deniega el recurso, ya sea dentro del escrito o presentarse en forma separada, pero en ambos casos el recurrente deberá afirmar que el contenido de la misma es exacto (artículo 584 ibídem). Pero además, el numeral 583 establece que tal recurso deberá presentarse ante el superior correspondiente, y procederá contra las resoluciones que denieguen ilegalmente un recurso de apelación.-

II.-

El escrito de apelación por inadmisión presentado por el Licenciado R.G.M., en su condición de Apoderado Especial Judicial del demandado, cumple con todas las formalidades establecidas en el artículo 584 ibídem. Asimismo, se encuentra presentado en tiempo de conformidad con lo establecido en el artículo 585 de dicho cuerpo de normas.

III.-

En el presente asunto, el Licenciado G.M. formuló recurso de apelación por inadmisión contra la resolución dictada por el Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las siete...

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