Sentencia nº 01720 de Tribunal de Familia, de 5 de Diciembre de 2007
Ponente | Ana María Picado Brenes |
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 06-000163-0688-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso sumario de declaratoria judicial de abandono |
()PANI
FAX. 447-15-80, Telefax. 445-771-21,LICDA. A.L.F.M.
()DEMANDADA: MARÍA DE LOS ÁNGELES ROJAS JIMÉNEZ
FAX. 260-98-75 Licda. Ma. I.P., CuradoraProcesal
()DEMANDADO: J.F.M.A.N.S.)
EXPEDIENTE:06-000163-688-FA INTERNO: 130-07 (1)
ASUNTO:DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO
DE: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CONTRA: J.F.M.A. y OTRA VOTO No. 1720-07
TRIBUNAL DE FAMILIA.-
S.J., a las once horas del cinco de diciembre del dos mil siete
PROCESO DE DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO, establecido por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA representado por A.L.F.M., mayor, casada, abogada, contraMARÍA DE LOS ÁNGELES ROJAS JIMÉNEZ, de oficios del hogar, cédula número uno-ocho dos uno-tres seis seis, vecina de San Ramón, y JOSÉ FRANCISCO MENA ARLEY, trabajador ocasional, cédula número uno-seis uno nueve-cuatro uno cinco, vecino de Desamparados, ambos mayores, solteros, costarricenses.
RESULTANDO
1
Interpone el Patronato Nacional de la Infancia la presente acción, afin de que en sentencia se declare: el estado de abandono de los menores de edad J. m. y E. F. ambos M. R, la adoptabilidad de estos menores a fin de poder ubicarlos en un hogar y que se extinga la patria potestad de los padres sobre los niños. Depositar judicialmente a los menores bajo la responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia. Que unavez firme se expida la ejecutoria.
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Notificado el señor M.A., contestó oponiéndose a las pretensiones de la actora, interpuso las excepciones de falta de derecho, falta de legitimaciónactiva y pasiva y falta de interés actual. Además se ofreció su hogar como un recurso donde los menores pudieran ser ubicados. La señora R.J. contestó en forma extemporánea, solicitó se rechazara la demanda e interpuso la excepción de falta de derecho.
3
La Licenciada A.B.U.Q., Jueza del Juzgado de Familia de San Ramón, por sentencia dictada a las diecisiete horas y veintitrés minutos del veintidós de diciembre del dos mil seis, resolvió: “POR TANTO: Por lo dicho se dispone DECLARAR CON LUGAR la presente DEMANDA DE DECLARATORIA DE ABANDONO CON FINES DEADOPCIÓN promovida por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA en contra de MARIA DE LOS ANGELES ROJASJIMENEZ Y JOSÉ FRANCISCO MORA ARLEY en consecuencia: 1.- Se declara a los menores de edadJ. M.M.R.,. Y E.F.M.R. en estado de abandono por parte de sus padres.2.- Se le extingue a los señores M. de los Angeles Rojas Jiménez y J.F.M.A. el ejercicio de la patria potestad sobre los...
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