Sentencia nº 00571 de Tribunal de Familia, de 26 de Marzo de 2008

PonenteCarlos Leandro Solano
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2008
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia05-000450-0292-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

FAX.2 443-33-58, LICDA. M.I.A.V.

()DEMANDADO: E.T.S.

FAX.2 257-30-93,CONSULTORIOS JURÍDICOS

() PANI,(N.S.)

EXPEDIENTE:05-000450-292-FAINTERNO: 1450-07 (1)

ASUNTO:EJECUCIÓN DE SENTENCIA

DE: E.V.C.P.

CONTRA: ELIECER TORRESSIBAJAVOTO No. 571-08

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las trece horas cuarenta minutos del veintiséis de marzo del dos mil ocho

PROCESO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, establecido por E.V.C.P., mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Desamparados de Alajuela, cédula número dos-cuatro ocho ocho-cero ocho dos, contra E.T.S., mayor, casado, trailero, vecino de S.A., cédula número seis-uno cinco uno-cinco uno cero.

RESULTANDO

  1. -

    La actora presentó ejecución de sentencia número 613-2005, de las quince horas cuarenta y tres minutos del diecinueve de diciembre del dos mil cinco, dictada por el presente despacho, pretendiendo se condene al accionado al pago de CUATROCIENTOS MIL COLONES por concepto de gastos de embarazo y NOVECIENTOS MIL COLONES, por concepto de gastos de maternidad, a razón de setenta y cinco mil colones al mes, durante doce meses, para un total de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL COLONES, (ver folios 10 a 12).

  2. -

    Por su parte el accionado contestó la demanda en el sentido de indicar que la actora no probó ninguno de los rubros pretendidos, los que estima desmedidos (ver folios 25 y 26).-

  3. -

    El Licenciado R.S.C., Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, por sentencia dictada a las quince horas y veinte minutos del once de setiembre del dos mil siete, resolvió: “POR TANTO: Con base en lo expuesto y citas de ley, se declara, parcialmente, CON LUGAR, la ejecución de sentencia incoada por E.V.C.P. en contra de E.T.S., en consecuencia se condena al demandado al pago de NOVENTA MIL COLONES, por concepto de gastos de embarazo y maternidad de su hijo D.Y.C.P., monto que deberá cancelar en el plazo de un mes a partir del día de hoy, mediante depósito bancario a la orden del despacho

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora, contra la referida sentencia. Esta sentencia sedicta dentro del plazo de Ley.

    R. elJ.L.S.; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    La sentencia apelada es dictada por el Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, número 462-07 emitida a las quince horas veinte minutos del once de setiembre del año dos mil siete, visible a folio 99 y la misma fija la suma de noventa mil colones como monto del reembolso de gastos...

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