Sentencia nº 01848 de Tribunal de Familia, de 15 de Octubre de 2008

PonenteDiego Benavides Santos
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2008
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia07-000319-0673-NA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDeclaratoria judicial de abandono de menores

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO: 796-08(07-000319-673-NA)

ASUNTO: DECLARATORIAJUDICIAL DE ABANDONO

DE: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.-

CONTRA: M, y S.-

VOTONUMERO: 1848-08

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSÉ, al ser las diez horas quince minutos del quince de octubre deldos mil ocho.-

Proceso de declaratoria judicial de abandono establecido por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA, representado por la Licenciada O.M.B.F., mayor, abogada, cédula número uno-cuatrocientos catorce-mil trescientos setenta y ocho contra M, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Escazú, cédula número xxx y S, mayor, electricista, vecino de Escazú, cédula número xxx

RESULTANDO:

  1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: " La declaración de estado de abandono con fines de adopción de la niña F.por configurarse los presupuestos de hecho y de derecho para esos efectos particularmente la causal establecida en el inciso C) del numeral 160 del Código de Familia."

  2. Los demandados fueron debidamente notificados de la presente acción la cual contestaron en forma negativa.-

  3. El Licenciado J.M.F.V., juez de N. y Adolescencia del primer Circuito Judicial de San José, por sentencia dictada al ser las catorce horas del veinte de mayo del dos mil ocho, resolvió: "POR TANTO: Con fundamento en las razones dadas, la normativa citada y pronunciamientos de Tribunales Superiores y doctrina sugerida, se declara SIN LUGAR la presente demanda de DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO interpuesta por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA contra los demandados M, y S, al menos en lo que es pretensión principal, la declaratoria de abandono con fines de adopción de la niña F , consecuentemente el tener por terminada la autoridad parental que ejercen sobre la menor sus progenitores. Sin embargo, se ordena mantener a la menor citada en DEPÓSITO PROVISIONAL a favor de la señora P, dejando sin efecto pues el depósito como guardadora de la señora V. Será la señora P, la encargada de la representación, guarda, crianza y educación de la menor supra citada, organizándole a la niña su formación integral, como hasta ahora lo ha hecho con la hermanita de la menor de nombre K . Para que haga valer sus derechos y se concrete la defensa a favor de la precitada menor, se extenderá certificación a la depositaria de la presente sentencia; así como deberá apersonarse dentro del QUINTO día ante esta autoridad para aceptar el cargo conferido. E. ejecutoria para el Registro para que se anote el depósito al margen de la inscripción de nacimiento correspondiente de la menor F.al TOMO mil novecientos ochenta , página dos, asiento cuatro, del Registro de Nacimientos de la Provincia de San José, SE ORDENA tanto al señor S. y a la señora M, acudir ante la Oficina Local del PANI de S.A., Institución que ha tenido el conocimiento de toda esta conflictiva a fin de que se incorporen inmediatamente a programas que acrediten su período de abstinencia, así como de talleres de padres, acudiendo además a la asistencia profesional clínica para sus problemas de índole psicopátologica de ambos, esto ante la Clínica de su localidad, respecto del señor S, deberá llevar y comprobar su asistencia a los talleres de control de enojo que imparte el instituto de la masculinalidad WEN. Todo lo anterior resulta de acatamiento obligatorio, será la institución administrativa (PANI) quien se mantendrá al tanto de los resultados de estas directrices, que de considerarlo oportuno, podrá restituir a la menor F.con sus progenitores . Lo fallado resulta sin condena en costas."

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley. En los procedimientos se han observado las prescripcionescorrespondientes.

    Redacta el juezBenavides Santos, y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    En la sentencia que es objeto...

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