Sentencia nº 00005 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 13 de Enero de 1997

PonenteRosa E. Blanco Matamoros
Fecha de Resolución13 de Enero de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia94-002421-0213-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

Dirección:__________________________________Sector: _______

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

Alas _________horas del ____________________ se hace saber:

No.5.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO.- SECCION PRIMERA .- Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas veinte minutos del trece de enero de mil novecientos noventa y siete .-

Ordinario seguido ante el Juzgado Primero de Trabajo de esta ciudad por OLBER ARROYO ROJAS, casado, de este vecindario, Técnico de Aduanas 4, contra EL ESTADO, representado por la Licenciada L.M.G.P., abogada, de este vecindario.- Como apoderado del actor intervino el Licenciado F.M.J., abogado, viudo, de este domicilio .,- Todos son mayores de edad.-

RESULTANDO

1(.-

Manifiesta el actor que con base en los hechos expuestos en el escrito de demanda, solicita el pago de las diferencias entre las sumas pagadas y las que legalmente le corresponden por concepto de preaviso, indemnización por reorganización y vacaciones, tomando en cuenta los salarios extraordinarios devengados en los últimos seis meses de relación laboral, el aumento de salarios a partir del mes de julio pasado y su derecho a un mes de salario por vacaciones, por cada cincuenta semanas de servicios y el aguinaldo proporcional que, en ejecución de fallo se calcularán y mandarán pagar, conforme al Estatuto de Servicio Civil, con intereses y ambas costas del juicio .-

2(.-

La representante de la parte demandada contestó negativamente la acción y opuso la defensa de falta de derecho y la genérica de sine actione agit.- Pide se declare sin lugar la demanda y se condene a la contraria al pago de ambas costas del juicio .-

3(.-

El Juzgado en sentencia de las diez horas del cinco de agosto de mil novecientos noventa y seis, resolvió el asunto así:" Razones expuestas, normas citadas, artículos 492 y siguientes del Código de trabajo, se resuelve: se declara con lugar la demanda de OLBER ARROYO ROJAS contra EL ESTADO representado por su PROCURADORA LICENCIADA LUZ M.G.P.. Debe pagar el accionado al actor, en concepto de aguinaldo proporcional del año 1993-1994, la suma de cincuenta y nueve mil setecientos ochenta colones ochenta y tres céntimos; y por diferencias en las prestaciones canceladas, los montos que de seguido se apuntan: tres mil doscientos sesenta y tres colones por preaviso, por auxilio de cesantía cincuenta y dos mil doscientos ocho colones, y vacaciones...

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