Sentencia nº 00025 de Tribunal de Trabajo, Sección II, de 17 de Enero de 1997

PonenteSonia Rodríguez Rodríguez
Fecha de Resolución17 de Enero de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección II
Número de Referencia94-000218-0215-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

A las _________horas del ____________________ se hace saber:

N25.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO.- SECCION SEGUNDA.- Segundo Circuito Judicial de San José, a las diez horas veinte minutos del diecisiete de enero de mil novecientos noventa y siete.-

Liquidación de sentencia seguida ante el Juzgado Tercero de Trabajopor la parte actora, en ordinario de M.E. SALAS CORTES contra KOKOMERICA S.A.-

1

Presenta liquidación de sentencia la parte actora en los términos consignados en el escrito de folio 25 frente.-

2

Concedida la audiencia derigor la parte contraria no contestó.-

3

El Juzgado en sentencia de las quince horas del siete de noviembre de mil novecientos noventa y seis resolvió el asunto así: "De conformidad con lo expuesto, citas legales aducidas y artículos 582 y 692 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, fallo: Se imprueba la liquidación de sentencia en la manera en como viene formulada por M.E. SALAS CORTES contra KOKOMERICA S.A., representada por E.G.G., y en su lugar se aprueba únicamente en cuanto al rubro de salarios dejados de percibir por dicha persona al no haber sido reinstalada en su puesto de operaria de máquina de coser en el Departamento de Confección de la accionada y que corresponden al período comprendido entre la fecha del despido ( veintinueve de setiembre de mil novecientos noventa y cinco ) a la fecha en que se formuló la liquidación que se resuelve (veintinueve de abril de año en curso) todo en la suma total de doscientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y seis colones. Las costas de la presente etapa procesal se imponen a cargo de la demandada y se fijan las personales en el diez por ciento del monto total de la condenatoria aquí liquidada. Por improcedentes se rechazan todos los demás rubros liquidados. Si esta sentencia no fuere apelada, consúltese con el Superior. N.."

4

Conoce este Tribunal de esefallo en apelación interpuesto por la parte demandada.-

R.J.S.R.R..-

CONSIDERANDO

I.-

Que se acoge el elenco de hecho demostrados quecontiene el fallo en estudio por responder al mérito de los autos.

II.-

Que conoce este Organo Superior de Trabajo de la sentencia de primera instancia mediante el trámitede la consulta que se establece...

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