Sentencia nº 00071 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 29 de Enero de 1997
Ponente | Jorge Luis Solano Herrera |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 1997 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección I |
Número de Referencia | 92-000479-0214-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
Notificando:________________________________________________
Fue entregada a:____________________________________________
A las _________horas del ____________________ sehace saber:
N71.-
TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO. SECCION PRIMERA.- Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas treintaminutos del veintinueve de enero de mil novecientos noventa y siete.-
Ordinario seguido ante el Juzgado Segundo de Trabajo de San José por J.S.C. , casado, guarda, vecino de Tirrases de Curridabat contra ALTA TECNOLOGIA MOTORES SOCIEDAD ANONIMA representada por H.F.R.Y.W.S.N., casados, empresarios, vecinos de Barrio los Angeles.Asimismo se demanda a H.F.R.Y.W.S.N., de calidades ya señaladas, en su carácter personal . Figura como codemandado el señor A.C.U. , casado, empresario. Actúa como apoderado especial judicial de la parte actora el licenciado R.A.P., casado, abogado, vecino de San José y B.A.M. , soltero, abogado, vecino de San José . Actúa como apoderado especial judicial de los codemandados el licenciado F.V.R., casado ,abogado, vecino de esta Ciudad. Todos son mayores de edad.-
R E S U L T A N D O :
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Manifiesta la parte actora que con base en los hechos expuestos en el escrito de demanda solicita se condene a los accionados al pago de vacaciones, aguinaldo, horas extras, días feriados, preaviso y cesantía que en derecho le corresponden.-
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La representación de A.T Motores S.A contestó negativamente la acción y opuso las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación ad causam activa y la genérica de sine actione agit. Solicita se declare sin lugar la demanda y se condene al actor al pago de ambas costas del juicio.-
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Los codemandadosHumberto F.R. y W.S.A. contestaron de forma negativa la demanda y opusieron las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación ad causam ,la genérica de sine actione agit, y la de prescripción. Solicitan de declare sin lugar la demanda y se condene al actor al pago de ambas costas del juicio.-
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El codemandado A.C.U. contestó de forma negativa la acción y opuso las excepciones de falta de derecho, falta de personería ad causam pasiva y la de prescripción. Pide se declare sin lugar la demanda.-
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El Juzgado en sentencia de las trece horas del cuatro de setiembre de mil novecientos noventa y seis resolvió el asunto así: "Razones expuestas citas legales, Ley de A. en la Empresa Privada, fallo: Se acoge parcialmente la demanda incoada por J.S.C. contra SOCIEDAD ANONIMA ALTA...
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