Sentencia nº 00090 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 31 de Enero de 1997

PonenteRosa E. Blanco Matamoros
Fecha de Resolución31 de Enero de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia93-000443-0213-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoIncidente de deserción

N 0090. TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO. SECCION PRIMERA.-

Circuito Segundo Judicial de San José, a las trece horas cincuenta minutos del treinta y uno de enero de mil novecientos noventa y siete.

Vista la declaratoria de deserciónhecha por el Juzgado Primero de Trabajo;

Redacta la Jueza Superior BLANCOMATAMOROS; y:

C O N S I D E R A N D O:

I.-

En tratándose de riesgos del trabajo, la figura de la deserción ha sido contemplada en el artículo 265, párrafo 6, del Código de Trabajo, como un archivo definitivo del caso, cuando la inactividad se da en un término de dos años a partir de la resolución que señala la no presentación al reconocimiento médico (párrafo5 ibídem).

II.-

Tal es la situación que se da en este asunto, al no haber concurrido en actor a la cita médica, a pesar de la resolución que le señala la suspensión de los procedimientos. Transcurrido el plazo previsto, procede el archivo definitivo; por lo que, en este sentido, es procedente aprobar la resolución consultada.

III.-

En relación con las costas, elindicado numeral 265, en su párrafo final, señala:

Para los efectos de la condenatoria en costas sepresume la buena fe del trabajador litigante.

La presunción de buena fe, relacionada con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR