Sentencia nº 00362 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 4 de Abril de 1997

PonenteRosa E. Blanco Matamoros
Fecha de Resolución 4 de Abril de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia91-000104-0213-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

A las _________horas del ____________________ sehace saber:

N362.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO.- SECCION PRIMERA .- Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas cuarenta minutos del cuatro de abril de mil novecientos noventa y siete .-

Ejecución de Sentencia presentada por J.R.C.L., en juicio ordinario de él contra GROLIER INTERNATIONAL INC., seguido ante el Juzgado Primero de Trabajo de esta ciudad.-

RESULTANDO

1

El actor presentó liquidación de sentencia en los términos indicados en memorial visible a folio 430 y 431.-

2

De dicha liquidación se confirió audiencia a la contraria, la cual contestó según manifestaciones a folios 433,

434,435 y 441.-

3

El Juzgador en sentencia de las once horas treinta minutos del trece de setiembre de mil novecientos noventa y seis, resolvió el asunto así:" Lo expuesto, artículos 452, 582 y 583 del Código de Trabajo, 234 del Código Procesal Civil, se liquidan las sumas a pagar por la demandada al veintidós de setiembre de mil novecientos noventa y cinco en treinta y tres mil novecientos cincuenta y siete dólares con cincuenta y tres céntimos, y ochenta y siete mil setecientos cincuenta y seis colones con ocho céntimos. Son las costas de esta ejecución a cargo de la demandada y se fijan los honorarios de abogado en el siete punto cinco por ciento de la liquidación admitida .- Si no fuere apelada esta resolución deberá ser remitida al Tribunal Superior de Trabajo, sección que por turno corresponda.-NOTIFIQUESE ".-

4

Conoceeste Tribunal de ese fallo en apelación interpuesta por ambas partes .-

Redacta laJueza Superior BLANCO MATAMOROS Y,

CONSIDERANDO:

I.-

Se acoge la relación de hechos probados de la resolución en estudio por tener buen fundamento en los autos; debiendo agregarse como fundamento probatorio del hecho 5-, los documentos de folios 436 a 440.

II.-

La parte demandada apela la resolución que se examina. Fundamenta su inconformidad en que: a) la resolución no toma en cuenta el pago oportuno de la suma de veintisiete mil ochocientos noventa y cinco dólares con cuatro centavos; b) la incidencia de ese pago en el cálculo de intereses; c) pide la revisión de intereses tanto en dólares como en colones; d) impugna la condena en costas de la liquidación, estimando que no se está en presencia de una ejecución de sentencia, sino de una simple liquidación de intereses con capital...

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