Sentencia nº 00077 de Tribunal de Notariado, de 25 de Abril de 2000

PonenteRafael Sánchez Sánchez
Fecha de Resolución25 de Abril de 2000
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia99-000395-0627-N0
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

PROCESO DISCIPLINARIO NOTARIAL

EXPEDIENTE N. 99-000395-627-N0 DE: REGISTRO CIVIL

CONTRA: C.U.F.

VOTO # 77

TRIBUNAL DE NOTARIADO:S.J., a las diez horas del veinticincode abril del dos mil.

Proceso D.N. incoado ante el Juzgado Notarial por el Registro Civil contra el notario C.U.F. quien es mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de Alajuela, cédula dos-cero noventa y ocho-trescientos cinco; y,

RESULTANDO:

1.La Oficialía Mayor del Registro Civil, según Oficio doscientos cuarenta y dos-noventa y nueve de fecha siete de mayo de mil novecientos noventa y nueve,informó a la autoridad de primera instancia que el notario C.U.F., autorizó el matrimonio civil que refiere el certificado de declaración número veintinueve mil quinientos treinta, con un documento no idóneo de la contrayente.

11.El notario U.F., al contestar la queja, indica que identificó a la contrayente I.C.C. conocida como C.C., por medio de la cédula de identidad de la República de Nicaragua que, incluso es mejor medio de identificación que el mismo pasaporte habida cuenta que contiene datos importantes como la fotografía del portador, su lugar de nacimiento, el nombre de sus progenitores, su ocupación y firma y que además se apoyó en una certificación expedida por la Alcaldía Municipal de Belén, Departamento de R., Nicaragua. Solicita se le absuelva o, en su lugar, se aplique la sanción más baja.

111.El señor J.N. mediante sentencia dictada a las dieciséis horas veinte minutos del once de octubre de mil novecientos noventa y nueve resolvió: " POR TANTO: Se declara con lugar el proceso disciplinario notarial interpuesto contra el licenciado C.U.F.. Se le impone al citado profesional la sanción de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. C. a la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Civil y al Registro Nacional. Publíquese el edicto respectivo. Rige ocho días después de la respectiva publicación."

1V.En virtud de apelación interpuesta por el notario denunciado, conoce este Tribunal del presente asunto.

V.En los procedimientos sehan observado,los plazos y

procedimientos de ley.

R. elJ.S.S.; y,

CONSIDERANDO:

1.Se aprueba la relación dehechos probados que contiene la sentencia recurrida.

11.Mediante la resolución apelada, el Juzgador de Instancia le impuso al notario C.U.F. la sanción de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Los hechos que fundamentan la imposición de tal...

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