Sentencia nº 00131 de Tribunal de Notariado, de 7 de Septiembre de 2000

PonenteMiryan Alvarez Ross
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2000
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia99-000882-0627-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

TRIBUNAL DE NOTARIADO. Primer circuito judicial de San José, a las nueve horas cinco minutos del siete de setiembre del dos mil.-

Vista la apelación que interpone el N.A.R.S.R., mayor, casado, abogado, vecino de H., cédula de identidad número 0-000-000contra la resolución dictada a las catorce horas del seis de julio del dos mil, dentro del Proceso Disciplinario establecido por el señor O.H.G., y

REDACTA LA JUEZ ALVAREZ ROSS.

CONSIDERANDO:

I.-

Afirma el apelante que la labor que desplegó en el presente asunto, se limitó única y exclusivamente a dar asesoría al señor H.G. en su calidad de abogado y nunca de Notario pues él no autorizó ninguna escritura y consecuentemente está fuera de sus posibilidades la inscripción del documento confeccionado por otros colegas notarios; consecuentemente la corrección o la subsanación de defectos tampoco es su responsabilidad.-

II.-

Analizado el caso, tenemos que el origen de la queja surge en razón de que a la fecha, según el dicho del señor H.G., no se ha inscrito en el Registro Público la compra de un derecho adquirido de la finca del Partido de H., matrícula de folio real número cuatro-noventa y nueve dos cincuenta y uno- cero cero cero, propiedad de I.A.M.. Queja que dirige contra los notarios A.P. B., J.L.C.A., M.G.M. (excluída por el Juzgado de instancia)y A.R.S.R., al haber...

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