Sentencia nº 00151 de Tribunal de Notariado, de 11 de Octubre de 2001

PonenteAna Cecilia Ching Vargas
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia99-000059-0627-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

PROCESODISCIPLINARIO NOTARIAL

EXPEDIENTE# 99-000059-627-NO

DE: J.V.A. CONTRA: LIC. J.M.Z.A. # 151-01

TRIBUNAL DE NOTARIADO.-

S.J.,a las diez horas del once de octubre del dos mil uno.-

Proceso disciplinario establecido por J.M.V.A., mayor, en unión libre, cédula 2-428-225, agricultor, vecino de La Guácima de Alajuela, contra J.M.Z.A. mayor,Abogado y Notario, vecino de Alajuela. No se indicaron sus demás calidades.

RESULTANDO

I.-

El señor J.M.V. denuncia al notario Z.A. porque éste autorizó la escritura número cincuenta y ocho mediante la cual él adquirió un lote del inmueble número setenta y nueve mil setenta y ocho, y esa escritura no ha sido inscrita en el registro respectivo, no obstante que el vendedor, sea el señor A.R. le canceló todo lo correspondiente a honorarios y gastos de inscripción. Solicitó que el notario inscriba lo más pronto posible esa escritura, pues no ha podido solicitar un préstamo para construir.

II.-

Se dio curso a la pretensión y elnotario no contestó dentro del plazo que para tal efecto se le concedió.

III.-

La señora juez de primera instancia L.. L.O., declaró con lugar la denuncia y le impuso al notario tres meses de suspensión en el ejercicio de sus funciones. Por no estar de acuerdo con lo así resuelto, apela el notario denunciado, en virtud de lo cual conoce ahora este Tribunal.

IV.-

En el procedimiento se han observado las prescripciones y plazos de ley. No se notan defectos u omisiones que puedan causar nulidad.

R.J.C.V.

CONSIDERANDO

I.-

Se aprueba la lista de hechos probados que contiene la sentencia apelada. Se agrega únicamente que la prueba de los hechos segundo, tercero, cuarto y quinto, consta a los folios 11 vuelto, 15, 17 y 21 respectivamente.

II.-

La sentencia de autos está dictada conforme a derecho. La denuncia se interpuso porque el notario no cumplió con la inscripción de la escritura número cincuenta y ocho. Se reitera aquí lo dicho por la juzgadora de primera instancia. Es deber del notario proceder a la inscripción del documento que autoriza para que el contrato cobre publicidad registral y se aseguren los derechos de los comparecientes con la oponibilidad frente a terceros, y porque además, esa labor está contemplada como parte de los honorarios que se le pagan al notario. En el presente caso, dicho profesional no cumplió con ese deber no obstante el plazo que el Juzgado le concedió para ese fin, razón por la cual se hizo acreedor a la sanción que impone el artículo 144 inciso a) del Código...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR