Sentencia nº 00576 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 13 de Diciembre de 2002

PonenteOscar Milton Ugalde Miranda
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2002
EmisorTribunal de Trabajo, Sección III
Número de Referencia93-002701-0215-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN TERCERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las diecinueve horas cinco minutos del trece de diciembre del añosdos mil dos.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por L.A.A., mayor, casado, gerente administrativo, vecino de San José, contra Soluciones de Entrada de Datos S.A.- Figura como Apoderada Especial Judicial de la parte actora la Licenciada M.G.A., mayor, casada, abogada, vecina de San José, y de la parte demandada el Licenciado E.S.G. y el Licenciado A.G.B., ambos mayores, casados, Abogados y vecinos de San José.

RESULTANDO

  1. - Solicita la parte actora se condene al demandado al pago de: preaviso, auxilio de cesantía, vacaciones proporcionales, aguinaldo proporcional, salarios pendientes, salarios caídos, intereses legales y ambas costas de esta acción.-

  2. - La parte contraria contestó en forma negativa la acción, y opusola excepción de pago y solicita se declare sin lugar esta demanda.

  3. - El A-quo en sentencia de las dieciséis horas cincuenta y seis minutos del veinte de octubre del año dos mil resolvió el asunto así: “Razones expuestas, disposiciones legales invocadas, artículo 492 y siguientes del Código de Trabajo, Fallo: Se declara sin lugar en todos sus extremos la demanda interpuesta por L.A.A. contra la empresa denominada Soluciones de Entrada de Datos S.A., representada por el señor J.P., en su calidad de P. de la demandada. Se acogen las excepciones de pago y falta de derecho opuestas por el personero legal de la demandada. Son ambas costas a cargo de la parte vencida, fijándose las personales en un quince por ciento del total de la absolutoria”.

  4. - Conoce este Tribunal de ese fallo en apelación de la parteactora.-

Redacta el J.U.M.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Se aprueban los pronunciamientos de hechos probados y no probados, que contiene la sentencia en estudio, por ser fiel reflejo del material probatorio incorporado al proceso.

II.-

La sentencia que conoce este Tribunal en alzada, fue recurrida por la Apoderada Especial Judicial del actor, quien formula los agravios contra dicho pronunciamiento en el escrito de folios 94 a 96, que podemos resumir como sigue. Dice la recurrente, que rechaza en su totalidad el contenido de la sentencia dictada, la cual carece de lógica jurídica, ya que no valoró las pruebas y documentos aportados. Agrega, que su representado, se le acusa de abandono de trabajo, a partir de 21 de agosto de 1993, a pesar de que...

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