Sentencia nº 00516 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 30 de Septiembre de 2003

PonenteMayita Ramón Barquero
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2003
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia96-001412-0215-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Expediente:96-001412-0215.La.

Proceso: OrdinarioLaboral.

Actor: C.N..

Demandado:C.C.S.S.

Nº 0516. TRIBUNAL DE TRABAJO. SECCIÓN PRIMERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las ocho horas cincuenta minutos del treinta de setiembre dedos mil tres.-

Liquidación de sentencia seguida ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, por la Licenciada C.I.V.R., en proceso Ordinario Laboral, G.M.B., R.Q.M., O.A.J. y C.S.N. contra la Caja Costarrincense de Seguro Social.-

RESULTANDO:

  1. -

    Presenta liquidación de sentencia la parte actora en los términosconsignados en escrito de folios 228 a 230 frente.-

  2. -

    Concedida la audiencia de Ley, la parte contraria contestónegativamente, en escrito de folio 242 frente y vuelto.-

  3. -

    El Juzgado en sentencia de las diez horas del veinticuatro de febrero de dos mil tres, resolvió el asunto así: Al amparo de las probanzas del expediente, se declara sin lugar en todos sus extremos la presente acción de ejecución de fallo incoada por los señores G.M.B., R. Q.M., O.A.J. y C.S.N. contra la Caja Costarricense de Seguros Social representada por E.R.A.. Excepciones se acogen las defensas planteadas de prescripción de intereses, falta de derecho, pago y la genérica al tenor de las probanzas del expediente. Costas Se impone condenar en costas a los vencidos fijándose prudencialmente la suma de cincuenta mil colones por cada uno de ellos, los vencidos. Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo apercibimiento de declarar inatendible el recurso según doctrina de los artículos 500 y 501.c y d del Código de Trabajo. N..

  4. -

    Conoce este Tribunal de ese fallo en apelación que contra laliquidación de sentencia interpone la parte actora.- Redacta la J.M.R.B.; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se mantiene la relación de hechos probados que contiene la resolución venida en alzada por ser fiel reflejo de los autos, únicamente se aclara el fundamento fáctico de los hechos que se dirán: 1.- (Folios 150 a 155; 175 a 178 y 200 a 207, por su orden). 2.- (Memorial de folios 210 a 211). 3.- (Folios 215 a 221). 4.- (Folio 221 vuelto y 222). 7.- (Folio 227). Por innecesario, se elimina el Considerando II sobre “Hechos No...

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