Sentencia nº 00055 de Tribunal Primero Civil, de 8 de Febrero de 2006

PonenteEdgar Eduardo Alvarado Luna
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-000523-0183-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo hipotecario

TRIBUNALPRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cincuenta y cinco minutos del ocho de febrero del año dos mil seis.

PROCESOEJECUTIVO HIPOTECARIO, establecido ante el Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 05-000523-0183-CI. Incoado por BANCO ELCA SOCIEDAD ANONIMArepresentado por su curador provisional J.E.M.G., quien confirió poder especial judicial a los licenciados W.S.Z. y M.R.H., contra F.V.M.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, conoce este Tribunal del auto de las once horas del dieciséis de agosto del dos mil cinco, que declara sin lugar incidente de nulidad de notificación y condena al incidentista al pago de las costas procesales

R. elJ.A.L., y;

CONSIDERANDO:

  1. El presente proceso prendario fue promovido el diecinueve de abril de dos mil cinco, y conforme se constata del acta de folio 28 vuelto, fue notificado al demandado el dieciséis de mayo del mismo año. El accionado promovió incidente de nulidad en data 27 de mayo de dos mil cinco, alegando que cédula carece de requisitos para considerar válida la notificación, y así que solicitó que se declarara. El J. a-quo, sin embargo, rechazó la articulación al considerar que notificación reúne requisitos legales. De lo así resuelto apela el demandado y reitera que la cédula no cumple requisitos según se desprende de la cédula de citación aportada.

  2. Tanto al presentar la incidencia como al recurrir, no indica el demandado cuales son los defectos que presenta...

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