Sentencia nº 00084 de Tribunal Primero Civil, de 15 de Febrero de 2006

PonenteLuis Fernando Fernández Hidalgo
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-000588-0182-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas quince minutos del quince de febrero del año dos mil seis.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía San José, bajo el expediente número 05-000588-0182-CI.Incoado por VEHICULOS DE TRABAJO S.A.cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero veinte mil setecientos sesenta y cuatro, representada por su apoderado generalísimo Y.R.R., mayor, soltero abogado, cédula de identidad número 0-000-000, contraGUILLERMO C.R., abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000. Interviene además, como apoderada especial judicial de la parte actora, la licenciada G.B.O.

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las siete horas treinta y cinco minutos del trece de setiembre de dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: Se declara con lugar esta demanda sumaria ejecutiva. Se confirma la ejecución despachada y los embargos decretados.Continúe el procedimiento hasta que el demandado le pague a la actora un millón quinientos treinta y nueve mil novecientos setenta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos por concepto de capital adeudado; y la suma de cuatro mil seiscientos diecinueve colones con noventa céntimos por concepto de intereses moratorios al cero punto treinta por ciento anual por el período que comprende del cinco de abril del dos mil cinco al dieciséis de mayo del dos mil cinco, estando prescritos los que comprenden del período que corre del cuatro de abril del dos mil cuatro al cuatro de abril del dos mil cinco, e intereses moratorios futuros hasta la efectiva cancelación del capital. Se condena a la parte demandada al pago de las costas personales y procesales de esa acción ejecutiva

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por la actora, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    R. elJ.F.H., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se reformula el elemento fáctico tenido por verificado en la sentencia de primera instancia, para que se lea como sigue: “1) El demandado, señor G. C.R., libró una letra de cambio el cuatro de abril de dos mil cuatro, obligándose a pagar a la orden de Vehículos de Trabajo S. A. la suma de un millón ochocientos mil colones, con una tasa de intereses moratorios de treinta por ciento anual (letra de cambio en custodia en el archivo del despacho). 2) El...

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