Sentencia nº 00652 de Tribunal Primero Civil, de 30 de Junio de 2006

PonenteNo consta
Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-000679-0184-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas cincuenta minutos del treinta de junio del año dosmil seis.

PROCESO ejecutivo simple, establecido ante el Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía deSan J., bajo el expediente número 05-000679-184-CI.Incoado por BANCO INTERFIN S.A.representada por sus apoderados generalísimos L.L.G., L.L.G. y E.R.G., quienes otorgaron poder especial judicial al licenciado C.A.V.K. , contra R.A.Z.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil cinco, que declara inadmisible la presente demanda

CONSIDERANDO:

I.-

La autoridad de primera instancia, mediante resolución de las08 horas 30 minutos del 9 de agosto del julio del 2005 (f.21) declaró inadmisible la demanda.- Contra lo así resuelto, apela la actora.- Alega fundamentalmente que en la certificación registral aportada conjuntamente con el escrito inicial, consta que el señor L.G. ostenta la calidad de gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la accionante (f.7), indica que de acuerdo con la prevención que se le hiciere mediante resolución de las 08 horas 05 minutos del 1 de julio del 2006 (f.15) posteriormente aportó una nueva certificación de personería jurídica en los términos solicitados (fs.16 a 19).- Concluye indicando, que existió error por parte del a quo, al efectuar la revisión de esa documentación.-

II.-

De la lectura íntegra de las certificaciones antes mencionadas se extrae que efectivamente no se...

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