Sentencia nº 01012 de Tribunal Primero Civil, de 10 de Octubre de 2007

PonenteAlvaro Hernández Aguilar
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia06-000952-0180-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo sumario

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cincuenta minutos del diez de octubre del año dos mil siete.

TERCERÍA DE DOMINIO, promovida por M.M.P., dentro de PROCESO EJECUTIVO SUMARIO establecido ante el Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 06-000952-180-CI.Incoado por BANCO INTERFIN S.A.representada por su apoderado generalísimo L.L.G., quien otorgó poder especial judicial al licenciado C. A.V.K., contra M.M.C..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto-sentencia de las diez horas treinta y cinco minutos del veintisiete de agosto del dos mil siete, que en lo apelado resolvió “ POR TANTO: Razones dichas y citas de derecho esbozadas, se declara CON LUGAR la tercería de dominio interpuesta por M.M.P.UNA VEZ FIRME ESTA RESOLUCIÓN, expídase mandamiento al Registro Público a fin de cancelar el tomo 2007, asiento 22273 que se refiere a decreto de embargo y que afecta al vehículo placa número 509677.Son las costas procesales de esta tercería a cargo de la parte actora ejecutante

R. elJ.H.A., y;

CONSIDERANDO:

I.-

La Cámara dispone brindar aprobación a la plataforma de acontecimientos que se consignan como demostrados al presentar concordancia con los medios de prueba que le brindan sustento.

II.-

La parte actora impugna la resolución en que seacoge gestión de tercería de dominio y acuerda imponer el pago de las costas procésales a cargo de la apelante. En consecuencia la competencia funcional del Tribunal se reduce únicamente al cuestionamiento sobre el aludido extremo. Las costas son las erogaciones que necesariamente deben hacer los sujetos del proceso, para obtener la actuación de la ley mediante la resolución judicial que pretenden siendo principio general en la materia que el objetivamente derrotado debe resarcir íntegramente las mismas al vencedor según se consagra en el...

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