Sentencia nº 00511 de Tribunal Primero Civil, de 6 de Junio de 2008

PonenteAlvaro Hernández Aguilar
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2008
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia04-000701-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo sumario

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cuarenta y cinco minutos del seis de junio del año dos mil ocho.

PROCESO EJECUTIVO SUMARIO, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, expediente número 04-000701-164-CI, por EL DUEÑO S.A. cedúla juridíca número tres- ciento uno- ciento treinta y seis mil setecientos ochenta y seis, representada por su apoderado generalísimo J.P.Z., mayor, viudo, cédula de identidad número, nuevecero veintinueve ciento sesenta y seis, vecino de Goicoechea,contra J.G.S.C.,mayor, casado, cédula de identidad número 0-000-000, vecino de H., y D.F.M.V., cédula de identidad número 0-000-000, vecino de Tibás Intervienen además, como apoderado judicial de la parte actora, el licenciado C.G.A.H. y de los demandados, el licenciado A.V.A..

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las once horas diez minutos del diez de agosto del dos mil siete, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, jurisprudencia, artículos 5, 7, 102, 104, 121, 153, 155, 221, 304, 317, 432, 438, 446 del Código Procesal Civil y 727 siguientes del Código de Comercio, se resuelve: Se DECLARA SIN LUGAR la demanda en todos sus extremos interpuesta porEL DUEÑO S.A. contra D.F.M.V.Y.J.G.S.C.. Se revocan el despacho de ejecución y el decreto de embargo ordenados en forma interlocutoria.Firme esta sentencia, procdase a levantar todosy cada uno delos embargos aplicados, para lo cual, en el caso de que hubieren sido inscritos en el Registro Nacional, tendrá necesariamente que indicarse las citascorrespondientes, para realizar la cancelación de los asientos. A. en su oportunidad, el expediente. Son a cargo de la actora las costas personales y procesales de este proceso. NOTIFIQUESE

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y las prescripciones de ley.

    R. elJ. H.A., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Aprueba la Cámara la plataforma de acontecimientos que se consignan como demostrados al corresponder a los medios de prueba que le brindan sustento. A su ve prohija el Tribunal el único evento citado como ayuno de probanza.

    II.-

    Ejecutivo de conocimiento sumario sustentado en letra de cambio librada por D.M.V. y avalada por J.G.S.C. por un monto de un millón novecientos dieciocho mil colones, con réditos corrientes pactados al 3.% 5 mensual, moratorios al 5.5% y con...

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