Sentencia nº 00317 de Tribunal Primero Civil, de 13 de Abril de 2011

PonenteAlejandra Vargas Cruz
Fecha de Resolución13 de Abril de 2011
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia11-001025-1170-CJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso monitorio

-Nº 317-4U-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL, unipersonal por ministerio de ley

San José, a las diez horas treinta minutos del trece de abril de dos mil once.

PROCESO MONITORIO, establecido ante el Juzgado Segundo de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, expediente número 11-001025-1170-CJ, por GAS NACIONAL ZETA SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por su apoderado generalísimo G.P.M., quien confirió poder especial judicial a los licenciados E.O.V. y M. V.M.U., contra LOCALES Y DESARROLLOS DE VECINOS DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por sus apoderados generalísimos M.S.C. y A.Q.M..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la actora, conoce este Tribunal como órgano monocrático, del auto de las dieciséis horas diecinueve minutos del veinticinco de enero de dos mil once, que rechaza de plano la demanda.

R.J.V.C., y;

CONSIDERANDO

I.-

La licenciada M.V.M.U. apela la resolución de las dieciséis horas diecinueve minutos del veinticinco de enero del año en curso. En esta se rechaza la demanda pues las facturas al cobro no vienen firmadas por ninguno de los representantes de la sociedad demandada. La recurrente argumenta que, la resolución no se encuentra apegada a derecho, que las facturas presentadas como título ejecutivo sí cumplen con las disposiciones del Código de Comercio, artículo 460, y tienen la firma de los representantes de la sociedad...

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