Sentencia nº 01115 de Tribunal Primero Civil, de 31 de Octubre de 2012

PonenteAlvaro Hernández Aguilar
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2012
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia10-006868-1044-CJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso monitorio

-Nº 1115-1C-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cincuenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre de dos mil doce.

PROCESO MONITORIO, establecido ante el Juzgado Primero de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, expediente número 10-006868-1044-CJ, por J.B.L.M. conocido como J.L.M., quién confirió poder especial judicial al licenciado F.A.A., contra RAFAEL ROJAS ESCALANTE

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal, del auto de las diez horas treinta y siete minutos del once de junio de dos mil diez, que rechaza de plano la demanda.

R. elJ.H.A., y;

CONSIDERANDO

  1. El representante legal de los actores apela el auto de las 10 horas 37 horas del 11 de junio de dos mil diez, en que se rechaza de plano la demanda al estimar que la deuda al cobro sustentada en una letra de cambio, no se encuentra exigible. Alega el recurrente como motivo de agravio que la letra de cambio se torna exigible a partir del momento en que se dejan de cancelar los intereses pactados lo cual corresponde -inclusive- a veintiún meses. Insiste en atribuir condición de exigible a la cambial al cobro al interpretar el no pago de intereses como vencimiento del principal.-

  2. Agravios descritos deberán desestimarse. No lleva razón -el apelante- en sus argumentos, dado que la letra de cambio presenta formas de vencimiento previstas en el artículo 758 del Código de Comercio ajenos al alegado por el apoderado de los actores. Además de que no se aprecia en el título valor cambiario la consignación de ninguna cláusula de interés anticipado por el no pago de esas cuotas. No se cuestiona el vencimiento de los intereses, pero ese incumplimiento de lo accesorio, no genera el vencimiento anticipado del principal, pues, no hay pacto expreso en ese sentido. La Ley de Cobro Judicial dispone en el artículo 1.1. que en el proceso monitorio se tramitará el cobro de...

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