Sentencia nº 00320 de Tribunal Primero Civil, de 25 de Abril de 1997

PonenteJuan Ramón Coronado Huertas
Fecha de Resolución25 de Abril de 1997
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia97-000000-0009-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete con treinta y cinco minutos del veinticinco de abril de mil novecientos noventa y siete.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Mixto de Puriscal, bajo el expediente número 493-95. Incoado por ASOCIACION DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DEL PACIFICO CENTRAL, cédula jurídica número 3-002-097881-26, representada por O.V.M., mayor, casado una vez y vecino de Orotina, quien otorgó poder especial judicial al licenciado J.G.H.C., contra AGROFRUT SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-094232, representado por G.C.S., mayor, casado y vecino de Ciudad Colón, quien otorgó poder especial judicial al licenciado W.S.S..

RESULTANDO:

  1. -

    El señor Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las diez horas del cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y seis, resolvió: "POR TANTO:Razones dadas, leyes citadas, artículos 1, 2, 3, 4, 5, 155, 222, 432, 438, 446 del Código Procesal Civil, se resuelve: 1)Se declara con lugar la excepción de PRESCRIPCION DE LA DEUDA interpuesta por la demandada. 2) Sin lugar en todos sus extremos la demanda EJECUTIVA SIMPLE establecida por ASOCIACION DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DEL PACIFICO CENTRAL contra AGROFRUT SOCIEDAD ANONIMA, revocándose la ejecución ordenada en resolución de las quince horas del trece de setiembre de mil novecientos noventa y cinco y levantándose los embargos que se hayan decretado. 3) Se exime a la parte actora del pago de las costaspersonales y procesales.".-

  2. -

    En virtud de recurso de apelacióninterpuesto por ambas partes, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos sehan observado, los plazos y las prescripciones de ley.

    Redacta el señor J. Superior CoronadoHuertas; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se eliminan los hechos probados y el no probado que contiene la sentencia apelada, y en su lugar se tiene por probado lo siguiente:

  4. -

    Que los documentos números cero cero uno y cero cero dos, en cuyos textos se consignó que son letras de cambio y sirven de base a este proceso, carecen de fecha de emisión y del nombre y la firma de la persona que los libró (demanda a folios 4 y 5 y documentos de folios 1 y 2).

  5. -

    Que el documento número tres, en cuyo texto también se consignó que es una letra de cambio y también sirve de fundamento a la presente ejecución, carece del nombre y firma de la persona que lo libró (demanda a folios 4 y 5 y documento de folio 3).

    II.-

    La actora fundó su demanda ejecutiva en...

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