Sentencia nº 00615 de Tribunal Primero Civil, de 29 de Mayo de 1998

PonenteOlman Arguedas Salazar
Fecha de Resolución29 de Mayo de 1998
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia98-000615-0009-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ochohoras veinte minutos del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 579-95. Incoado por MAQUINARIA Y TRACTORES LIMITADA, representada por su apoderado generalísimo M.G.C., quien confirió poder especial judicial al licenciado J.M.C.M., contra G.A.J.P., quien confirió poder especial judicial a los licenciados F.V.G. y A.V. Guilá.Intervienen además, como anotante, Banco Interfín, representado por su apoderado generalísimo E.M.V., quien confirió poder especial judicial a la licenciada R.M.Z.R. y como endosatario, Banco de Costa Rica.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, conoce este Tribunal de los autos de las diez horas treinta minutos del seis de octubre de mil novecientos noventa y siete que rechaza ad portas el Incidente de Suspensión de remate, y el auto de las once horas treinta minutos del diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete, que declara sin lugar el incidente de nulidad de remate.

R. elJ.A.S.; y,

CONSIDERANDO:

1

Resolución de diez horas treinta minutos del seis de octubre de mil novecientos noventa y siete, visible a folio 155 fte-, dictada en incidente de suspensión de remate.Las cinco razones que se exponen en el escrito de folio 154 no son de recibo. En efecto, la existencia de una apelación no impide el remate, y éste se hizo sujeto a su resultado. Folio 152. En cuanto al perito, el juzgado definió el punto en el auto de nueve horas del tres de julio de mil novecientos noventa y siete, visible a folio 123 fte. En relación con la servidumbre, en el edicto se hizo constar, y en cuanto a la hipoteca que era a favor del Banco Anglo, fue cedida a la Junta Liquidadora, y luego endosada al Banco de Costa Rica el cual fue debidamente notificado como consta a folio...

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