Sentencia nº 00313 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 13 de Agosto de 1999

PonenteAna Eugenia Rodríguez Alvarado
Fecha de Resolución13 de Agosto de 1999
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia99-000179-0011-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoIncidente de cobro de honorarios

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION SEGUNDA

San José, a las catorce horas cincominutos del trece de agosto de mil novecientos noventa y nueve.-

En el INCIDENTE DE COBRO DE HONORARIOS, promovido por los L.D.M.A.R. y BERNARDO RAMIREZ CASTRO, dentro del CONVENIO PREVENTIVO DE MADERAS EL LABRADOR SOCIEDAD ANONINA, establecido en el JUZGADO CIVIL DE MAYOR CUANTIA DE SAN CARLOS, en virtud de apelación interpuesta por el incidentista R.C., conoce este Tribunal de la resolución de las catorce horas quince minutos del cinco de abril del año en curso, la cual acoge parcialmente el incidente de cobro de honorarios y concede a cada uno de los abogados D.M.A.R. y B.R.C. la suma de C. 145.312,50 colones a cargo del Banco Central de Costa Rica actual acreedora del crédito legalizado por la Junta Liquidadora del Banco Anglo, y condena al incidentado al pago de las costas procesales de la incidentada.-

REDACTA la J.R.A., y;

CONSIDERANDO:

I-Sin entrar a analizar los demás motivos de inconformidad que expone la parte recurrente, este Tribunal observa que la resolución recurrida es omisa, por cuanto no resuelve todos los puntos de la petitoria (ver el folio 4 frente del incidente de cobro de honorarios), ya que no analiza la pretensión de condena al incidentado Banco Central de Costa Rica no sólo al pago de los honorarios que sí resuelve el a-quo, sino al pago de intereses que piden los incidentistas. Textualmente solicitan: "...., más los intereses legales en razón del 2% mensual desde la fecha de presentación del escrito de legalización hasta su efectivo pago, por no haber sido cancelados en su oportunidad tal como lo dispone el artículo 11 del Decreto de Honorarios citado".

II- De conformidad con el artículo 153 del Código Procesal Civil, las resoluciones deben ser claras, precisas y...

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