Sentencia nº 01627 de Tribunal Primero Civil, de 1 de Diciembre de 1999

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 1999
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia99-001026-0181-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas cinco minutos del primero de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

Proceso Ejecutivo Simple, establecido ante el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 99-001026-181-CI. Incoado por SERVICIOS ADUANALES BANADOLE S.A., representada por J.L.C.V. y por su apoderado especial judicial licenciado E.A.S., contra CYRUSINTERNACIONAL S.A. representada por K.S..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las trece horas del dieciséis de agosto de mil novecientos noventa y nueve, que en lo apelado resolvió rechazar ad portas la presente demanda sumaria ejecutiva.

R. elJ.P.V.; y,

CONSIDERANDO:

En el escrito de demanda la sociedad actora explica la relación subyacente de la letra de cambio al cobro al afirmar: "II.- Esa letra fue librada para garantizar el pago de facturas por transporte de mercancías, facturas para ser pagadas al contado y a cargo de la sociedad libradora." Más adelante añade: "III.- La sociedad deudora no ha cumplido el pago de las diecinueve siguientes facturas, de manera que a esta fecha le adeuda a mi representada por concepto de capital e intereses US $ 19.493,49, que se desglosan así: Capital: US $18.865,13 e intereses US $628,36, según el siguiente detalle...". Ese detalle se refiere a todas y cada una de las facturas dejadas de cancelar, según lista pormenorizada visible a folios 9 y 10. No hay duda, en consecuencia, que la letra de cambio se suscribió para garantizar una especie de línea de crédito con el tope indicado en el título de veintidós mil setecientos dólares; esto es, no se trata de una obligación existente por ese monto al momento de emitir la letra, sino de un documento que permitiera garantizar cualquier saldo que quedara pendiente por el no pago de servicios de transporte de mercadería. En ese tipo de relaciones, cada servicio se factura por separado y por esa razón en el escrito inicial...

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