Sentencia nº 00142 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 5 de Abril de 2001

PonenteJosé Rodolfo León Díaz
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2001
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia01-000045-0011-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION SEGUNDA.-

S.J., a lasnueve horas veinticinco minutos del cinco de abril del dos miluno.-

Examinados los autos en el proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO QUINTO CIVIL DE SAN JOSE, por L.G.P. contra TRANSPORTE INTERNACIONAL GASH SOCIEDAD ANONIMA, G.A.S.H. y SOCIEDAD ANONIMA S. F. en virtud de apelación interpuesta por los demandados contra la sentencia de las nueve horas cuarenta minutos del tres de agosto del dos mil.-

REDACTA el J.L.D., y;

CONSIDERANDO:

  1. Contra la sentencia de primera instancia apelaron el señor G.A.S. H. y el licenciado G.J.H.M.. El primero lo hizo a título personal, según lo manifestó expresamente, y el segundo diciéndose apoderado especial judicial de las sociedades demandadas, sea, Transporte Internacional Gas S.A. y Sociedad Anónima S.F. (folio 306). En el auto de las dieciséis horas veinte minutosdel seis de setiembre del dos mil, se indicó genéricamente que "... se admite el recurso de APELACION que interpone la parte demandada contra la resolución dictada a las nueve horas cuarenta minutos del tres de agosto del dos mil".Luego, en el escrito de folio 313, el licenciado G.J.H.M., se apersona a expresar agravios, diciéndose apoderado especial judicial de los demandados.

  2. En cuanto a la sociedad Transporte Internacional Gas Sociedad Anónima, el licenciado G.J.H.M. ostenta la condición de apoderadoespecial judicial, según poder queconsta a folio 47 del expediente.Dicho abogado, en cambio, no es apoderado especial judicial de la otra...

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