Sentencia nº 00376 de Tribunal Segundo Civil, Sección I, de 30 de Septiembre de 2002
Ponente | Stella Bresciani Quirós |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Tribunal Segundo Civil, Sección I |
Número de Referencia | 00-000389-0010-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario civil |
TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION PRIMERA
San José, a las nueve horas del treinta desetiembre del dos mil dos.-
Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO CIVIL DE HATILLO, por C.R.M.A., mayor, casada, costurera, cédula 1-416-1032, vecina de Alajuelita, contra M.M.M., mayor, casado, electricista contratista, cédula 1-472-524, vecino de San Antonio de Alajuelita y G.M.M., mayor,casado, comerciante, cédula 1-563-495, vecino de Alajuelita.-
RESULTANDO:
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La presente demanda cuya cuantía se fijó en la suma de dos millones de colones, es para que en sentencia se declare:"... a) Con lugar la presente demanda; b) La nulidad absoluta del contrato de venta del inmueble simulado entre los hermanos M.M.; c) La existencia de simulación en la venta del bien ganancial que por ley me corresponde; d) Que la finca es un bien ganancial que me pertenece por no existir una compraventa válida y eficáz ni un tercero de buena fe; e) Que tengo derecho al usufructo de la finca número 1-302481-000 como cónyuge del demandado; f) Que el demandado sea condenado al pago de indemnizaciones por daños y perjuicios por el gravísimo perjuicio patrimonial y moral que me ha causado y que deberá resarcirlas de acuerdo con la Ley y al pago de ambas costas del presente juicio ordinario.(Sic). A folio 31 la actora amplia su demanda contra el señor G.M.M. para que en sentencia se declare:...a) Con lugar la presente demanda; b) La nulidad absoluta del contrato de venta del inmueble simulado entre loshermanos M.M.; c) La existencia de simulación en la venta del bien ganancial que por ley me corresponde; d) Que la fincaconstituye bien ganancial a mi favor por no existir un contrato de compra venta válido y eficáz ni tercero de buena fe; e) Que tengo derecho al usufructo de la finca No. 1-302481-000 y f) Que a los demandados se condena pago de indemnizaciones por daños y perjuicios estimados en dos millones de colones exactos y al pago de ambas costas del presente proceso ordinario. "(Sic).-
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Los accionados fueron debidamente notificados de la demanda y la contestaron negativamente, el codemandado G.M.M. interpuso las excepciones de falta de derecho activo y pasivo y falta de acción.-
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El licenciado E.L.F., Juez Civil de Hatillo, en sentencia dictada a las diez horas del doce de setiembre del dos mil, resolvió:"...POR TANTO: Se rechazan las excepciones planteadas por el accionado G.M.M., de Falta de Derecho Activo y Pasivo y la Falta de Acción. Se declara CON LUGAR, el presente PROCESO ORDINARIO, establecido en éste despacho por C.R.M.A., en contra de M.M. MORALES Y G.M.M., entendiéndose denegado en todo lo que expresamente no se diga, se declara en sentencia: Con lugar la presente demanda ordinaria.- Se declara la nulidad del contrato de compra-venta realizado por los demandados M.M.M. y su hermano G.M.M., el día dos de setiembre de mil novecientos noventa y uno, de la finca del partido de San José, número trescientos dos mil cuatrocientos ochenta y uno, ante el Notario Público Licenciado J.M.M.M., venta que fue anotada en el Registro de la Propiedad el día veintiuno de agosto de mil novecientos noventa y dos, ordenándose remitir mandamiento al Registro Público de la propiedad, para que dicha finca continúe a nombre del demandado M.M.M., ordenándose cancelar el tomo y asiento respectivo de la venta citada.- Se rechaza la petitoria respecto a declarar que dicho inmueble es un bien ganancial, por no ser la vía y se rechaza el Daño Moral...
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