Sentencia nº 01022 de Tribunal Primero Civil, de 20 de Noviembre de 2002

PonenteGerardo Rojas Schmit
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2002
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia01-001280-0181-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del año dos mil dos.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 01-001280-181-CI.Incoado por ESCO COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, representada por sus apoderados generalísimos M.D.L., mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula de identidad número 0-000-000, vecino de San José, y D.F.G.D., mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula de identidad número 0-000-000, vecino de San José, y por sus apoderados generales G.V.B., mayor, casado una vez, contador público, cédula de identidad número 0-000-000, vecino de San José, y C. A.G.C., mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula de identidad número 0-000-000, vecino de San José, contraURBANIZACIONES Y LASTRADOS SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderados generalísimos R.R.T., mayor, casado, ingeniero, cédula de identidad número 0-000-000, y T.S.R., mayor, casada, comerciante, cédula de identidad número 0-000-000, y R.R.T., de calidades antes indicadas. Intervienen además, los licenciados L.G. G.F. y M.V.A. como apoderados especiales judiciales de la actora y los demandados, respectivamente.

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil dos, resolvió: “POR TANTO: Se rechazan las excepciones de falta de derecho, pago total, falta de legitimación activa y pasiva y prescripción del capital y de los intereses liquidados. Se declara con lugar la demanda. Se confirma la ejecución y el decreto de embargo. Se ordena continuar los procedimientos hasta que URBANIZACIONES Y LASTRADOS SOCIEDAD ANONIMA y RODRIGO RODRIGUIEZ (sic) TREJOS, hagan efectivo pago a ESCO COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, la suma de VEINTICUATRO MIL DOLARES EXACTOS moneda de los Estados Unidos de América de capital ; más CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO DOLARES de intereses MORATORIOS ello, del catorce de abril al veinte de setiembre del dos mil uno, al tres punto cinco por ciento mensual, sus intereses futuros y hasta su efectivo pago. Asimismo se les condena al pago de las costas personales y procesales de este proceso

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    Redacta el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR