Sentencia nº 00037 de Tribunal Primero Civil, de 15 de Enero de 2004

PonenteLaura María León Orozco
Fecha de Resolución15 de Enero de 2004
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia02-000185-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL, SECCION SEGUNDA.-

S.J., a las ocho horas cinco minutos del quincede enero del dos mil cuatro.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número 02-000185-164-CI. Incoado por COMPAÑÍA FARMACEUTICA SOCIEDAD ANONIMA, representada por su apoderado generalísimo C.E.C.A., quien es mayor, casado, master en administración de empresas, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, vecino de Santo Domingo de H., contraDROGUERIA LA UNICA SOCIEDAD ANONIMA, representada por su apoderado generalísimo P.A.M.P., quien es mayor, casado, empresario, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, vecino de Escazú, y contra éste en su condición personal. Intervienen como apoderados especiales judiciales de los demandados las licenciadas K.B.M. y S.M.O..

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las trece horas treinta minutos del seis de mayo del año dos mil tres, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos, 1, 5, 102, 104, 121, 153, 155, 221, 432, inciso 1), y 438, inciso 7), siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, y artículos 727 del Código de Comercio y jurisprudencia citada, se resuelve: Se acoge la excepción de falta de ejecutividad del título, falta de derecho, se rechazan las excepciones de pago y falta de legitimación ad causam pasiva. Se DECLARA SIN LUGAR el proceso ejecutivo simple de COMPAÑÍA FARMACEUTICA SOCIEDAD ANONIMA contra DROGUERIA LA UNICA S.A.. Se dejan sin efecto el embargo decretado interlocutoriamente, así como el despacho de ejecución del auto inicial. Se ordena el levantamiento de los embargos una vez firme este auto. Son las costas personales y procesales de este litigio, a cargo de la parte vencida.”.

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por laparte actora, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos ylas prescripciones de ley.

    Redacta la Jueza León Orozco, y;

    CONSIDERANDO:

    I.El elenco de hechos tenidos por demostrados deberá aprobarse porque corresponde a los elementos de prueba que constan en el expediente.

    1. Como motivo de inconformidad señala la parte actora que el razonamiento del señor juez a quo es inaceptable. Expresa que si bien la letra de cambio que dio origen a este proceso, se emitió como garantía de un contrato de crédito revolutivo, no lleva razón el juez al...

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