Sentencia nº 00396 de Tribunal Segundo Civil, Sección I, de 4 de Diciembre de 2009

PonenteJhonny Ramírez Pérez
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2009
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección I
Número de Referencia06-000310-0182-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoApelación por inadmisión

Actor:) J.L..

Fax: 22-85-55-69. Atención licenciadoHernán Z..

Dem: () Banco InterfinS.A.

No señaló.

_______________________________________________________

N° 396 Bis

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIN PRIMERA .-

S.J., a las diez horas diez minutos del cuatro de diciembre de dos mil nueve.-

Examinada la APELACION POR INADMISION formulada por el actordentro del proceso ORDINARIO seguido ante el JUZGADO CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, bajo el número de expediente 06-000310-182-CI por J.L. CRUZ contra BANCO INTERFIN SOCIEDAD ANÓNIMA.-

REDACTA la J.R.P.

CONSIDERANDO:

De conformidad con el ordinal 582 del Código Procesal Civil, la revocatoria es admisible contra las resoluciones interlocutorias del Tribunal, condición que no tiene el voto en el cual se rechaza de plano la apelación por inadmisión y por las razones expuestas, debe rechazarse la revocatoria solicitada.

POR TANTO

Se rechaza la revocatoria solicitada.

Juan Carlos Brenes Vargas

Jorge Olaso ÁlvarezJhonnyRamírez Pérez

ORDINARIO N° 266-2009

J.L.C..

contra

Banco Interfin S.A

ysch.

Juez 1.a.i

CONSTANCIA

De conformidad con el artículo 154, párrafo final del Código Procesal Civil, se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR