Sentencia nº 00270 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 1 de Junio de 2011

PonenteMéndez Vargas Leda
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2011
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia10-001226-0031-IJ-N

EXPEDIENTE: 10-001226-0031-IJ

ACUSADO: M.U.J.

QUEJOSO: DIRECCIÓN GENERAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE SAN JOSÉ

100012260031IJ*

EXPEDIENTE:

10-001226-0031-IJ

ACUSADO:

M.J.

QUEJOSO:

DIRECCIÓNGENERAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL DE SAN JOSÉ

VOTO N° 270-2011

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las quince horas y cuarenta minutos del primero de junio del dos mil once.-

Proceso disciplinario seguido contra M.U.J., Investigadora de la SubDelegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de San Ramón.

RESULTANDO:

I-Mediante resolución de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diez, se le dio traslado de cargos a M.U.J., Investigadora de la SubDelegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de San Ramón, para que se manifestara con respecto de lo siguiente: "...Se le atribuye conducta irregular; concretamente, que con fecha 6 de noviembre del 2010, usted agregó y publicó en su perfil en la red social de Facebook, una fotografía que corresponde a la imagen de varios servidores del Organismo de Investigación Judicial, fotografía que fue tomada luego de un operativo en torno a una investigación por tráfico de drogas, en la que se les observa utilizando prendas oficiales y varios paquetes de aparente droga. Con tal acción, usted no solo ha desobedecido órdenes de la Dirección General de ese Organismo, emitidas mediante Circular N° 31-D.G.-2010 del 16 de julio último del uso de redes sociales y tecnología, misma plenamente conocida por usted según consta en la firma de su lectura, sino que también se convierte en una conducta negligente y reprochable de su parte, al dejar en estado de indefensión total a sus compañeros, quienes fueron expuestos como miembros de la Policía Judicial, lo que los expone a acciones de represalia por parte de la delincuencia nacional e incluso internacional, poniendo en peligro no solo la integridad física de ellos sino también la de los familiares. También incumplió con las exigencias contempladas en el artículo N°27 de la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial, ya que este establece que "Los agentes de investigación deberán actuar con discreción, procurando mantener en la mayor reserva su identidad; deberán además guardar absoluto secreto con respecto a las investigaciones en que intervengan, para evitar que éstas trasciendan al público." Porque usted no solo reveló su propia identidad al atribuirse compañera de...

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