Sentencia nº 00667 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 6 de Julio de 2007

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000089-0031-IJ-B

Nº 667-2007.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCION JUDICIAL.-

S.J., a las once horas diez minutos del seis de julio del dos milsiete.- Queja establecida por el Juzgado de Tránsito de San José, contra el señor H. A.G.F., Auxiliar Judicial de ese mismo Juzgado.-

RESULTANDO:

1).-

Mediante resolución de las quince horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil seis, el Juzgado de Tránsito de S.J. le dio traslado de cargos al señor G. F., para que se manifestara con relación a los siguientes hechos, donde se le acusó: "... Específicamente se le atribuye que el día viernes 21 de abril anterior el señor H.G.F., Auxiliar Judicial 2 del Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José, indica al Asistente Judicial 1 (secretaria), M.M.P. que se retirará de labores por problemas de salud y que a la fecha no ha presentado justificación. Al momento en que el señor G.F. indica a la secretaria que se va a retirar la compañera percibe un olor a licor. El pasado 19 de abril último, el suscrito al conversar sobre su ausencia del día Martes 18 con el señor G. percibí olor a licor. Asimismo se entrevistó a compañeros de su área de trabajo así como de todo el Despacho y concuerdan en que el compañero G.F. tanto el viernes como en días anteriores han visto al compañero de manera desorientada y con olor a licor. Asimismo, meses atrás el señor G.F. se ha ausentado a menos dos veces al mes y del cual esto preocupa a esta administración por el posible problema de alcoholismo que enfrenta el compañero indicado...". Asimismo, mediante resolución de las catorce horas treinta y siete minutos del trece de febrero del dos mil siete, se le ampliaron los cargos al señor G.F., para que se manifestara con relación a los siguientes hechos, donde se le acusó: "... Específicamente se le atribuye que no se presentó a laborar durante los días dieciséis, diecisiete, dieciocho, diecinueve, veinticinco, veintiséis, veintinueve, treinta y treinta y uno de enero del presente año, sin justificación alguna..."

2).-

En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.- Redactael Inspector General Judicial Barrantes Ramírez; y,

CONSIDERANDO

I.-

HECHOS PROBADOS:

De acuerdo con la prueba recabada en este proceso, se tienen como demostrados los siguientes hechos: 1).-

El día viernes 21 de abril del dos mil seis, el señor H.G.F., Auxiliar Judicial 2 del Juzgado de Tránsito del...

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