Sentencia nº 00661 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 6 de Julio de 2007

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia06-000851-0031-IJ-B

N° 661-2007.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCION JUDICIAL.-

S.J., a las diez horas cuarenta minutos del seis de julio del dos mil siete.-

Queja establecida por el licenciado J.D.D.A., contra Z.L.A.L., Auxiliar Judicial del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas.-

RESULTANDO:

1) Mediante resolución de las nueve horas cincuenta minutosdel primero de noviembre del dos mil seis, se le dio traslado de cargos a la señora L. A.,para que se manifestara con relación a los siguientes hechos, donde se le acusó: "...Específicamente se le atribuye que en el Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de P. se tramita el expediente 06-100339-432-CI-1, que es proceso ejecutivo simple incoado por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra E.A.M. y L.M. H.A., sobre el cual usted ha presentado un evidente interés durante el trámite, pues cada vez que la demandada H.A. se presenta al despacho, usted llega a preguntar quién la atendió y para qué se apersonó ésta, información que no se le ha brindado por no ser parte en el asunto. El día 21 de septiembre del año en curso, revisó el expedientemencionado, con la ayuda del licenciado J.E.A., quien en su condición de abogado lo solicitó, lo revisaron juntos y luego éste se fue, quedándose únicamente usted en el mostrador del Juzgado, examinando dicho expediente. Con anterioridad al mes de septiembre de este año, se presentó en ese mismo Juzgado a preguntar por un expediente laboral en el que es parte la señora H.A., solicitándole a la auxiliar judicial E.M.C., el número de teléfono y la dirección de doña L., información que tampoco le fue suministrada por no ser parte en el asunto..."

2)De los anteriores cargos se refirió la denunciada, en escrito de folios 12 a 14.-

3) En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.-

Redacta el Inspector General JudicialBarrantes Ramírez; y,

CONSIDERANDO:

I.-

HECHOS PROBADOS:

De acuerdo con la prueba recabada en este proceso, se tienen como demostrados los siguientes hechos: 1).-

En el Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de P., se tramita el proceso ejecutivo simple 06-100339-432-CI-1, incoado por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra E.A.M. y L.M.H.A..- (Ver copias de expediente a folios del 15 al 45).- 2).- La servidora acusada Z.L.A., ha mostrado un evidente interés durante el trámite de dicho proceso, pues cuando la demandada H.A. se ha presentado a ese despacho, la encausada llega a preguntar quién la atendió y...

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