Sentencia nº 00548 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 16 de Julio de 2008

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución16 de Julio de 2008
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000655-0031-IJ-F

N° 548

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.-

S.J., a las dieciséis horas y diez minutos del dieciséis de julio del año dos mil ocho.-

Proceso administrativo disciplinario seguido contra el servidor M.G.G. A., Auxiliar Judicial del Juzgado de Familia de P., por denuncia seguida a instancia del Juzgado de Familia de P..-

RESULTANDO:

1)Mediante resolución de las siete horas con diez minutos del ocho de junio del año dos mil siete, se le dio traslado de cargos al servidor G.A., para que se manifestara con relación a los siguientes cargos, donde se le acusó: "1) Que el día miércoles 6 de junio del 2007 al ser las dieciséis horas con diez minutos usted indicó tanto a la suscrita, como a la Licda. C. co Juez del despacho, que no había podido ver la evidencia aportada en el proceso de Divorcio expediente número 07-400500-421-FA 2, si se trataba de un CD o un DVD. Con lo cual nos explicó que no había podido abrir en la computadora a usted asignada y que se encuentra dentro del despacho. 2) Que ante lo manifestado por su persona, se le indicó claramente por ambas J., que lo referente a esa evidencia era menbretarla, identificarla y entregarla a D.A., asistente judicial del despacho. Para que éste lo mantenga en custodia, sea en el archivo o bien en la caja fuerte. Pues ese tipo de evidencia no le competía verla a su persona.- 3) Sin embargo, posterior a las dieciséis horas con treinta minutos la suscrita en compañía de la co jueza del despacho, buscamos el estuche con el disco o CD y no lo localizamos, no siguió las ordenes dadas por su Superior. 4) Ese mismo día, el señor D.A. hizo ingreso a la oficina a las diecisiete horas con la evidencia en sus manos. Se me manifestó que usted había sacado la evidencia y la llevaba para su casa con el objeto de poderla observar. 5) En el camino al ser descubierto tanto por el señor D.A. como por el Licdo. J.U., quienes lo apercibieron de su actuar, hizo entrega de la evidencia al señor A.."

(C. suplida).-

2)De los cargos trasladados, el servidor M.G.G.A., manifestó en memorial que rola a folio 5 que se abstenía de declarar, sin perjuicio de hacerlo posteriormente.-

3)En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.-

Redacta el Inspector General Judicial, licenciado F. Garrido y,

CONSIDERANDO:

I.-

HECHOS PROBADOS.- De relevancia para la decisión del presente asunto se tienen los siguientes:1) El seis de julio de dos mil siete, alrededor de las dieciséis horas con diez minutos, el servidor M.G.G.A. fue instruido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR