Sentencia nº 00765 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 8 de Septiembre de 2009

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia09-000707-0031-IJ-B

N° 765-2009.-.

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.San J., a las diez horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil nueve.-

Procedimiento disciplinario seguido a instancia de O.T.M. contra elFreddy A.E., Juez del Tribunal de Trabajo deMenor Cuantía.

R. elI.B.R.; y

CONSIDERANDO:

I.M. suscrito por el señor O.T.M.,ingresado a esta oficina el 7 de agosto del 2009 en el que interpone queja en contra del juez F.A.E., del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, en razón del trámite del expedienteOrdinario Laboral 08-1605-173-LA que en lo que interesa señala:"...Considero relevante el hecho de que en el año de 1998, mientras el aquí denunciado fungía como Juez Penal en Liberia, dado un error dentro de un expediente que entonces se tramitaba siendo yo el imputado, ordenó mi captura por un caso que se encontraba ya prescrito,al señor AikmanEspinoza se le impuso una sanción por parte de este Tribunal.Al enterarme que el señor A. sería el juez del proceso ordinario que se nombra al inicio de la presente queja, por temor a represalias por parte de este, solicité por medio de la Sala Constitucional que le fuera asignado el Ordinario a otro juez, pero esa petición no rindió frutos. Así es que dentro de ese proceso ordinario, se me notificó una resolución en la que se me advierte que debo aportar un sitio para notificar a la parte que demando, advirtiéndome sobre la finalización del proceso en caso de no obedecer tal. Yo pedí por medio de manifestación que se realice la notificación por medio de "fuentes abiertas" a la Unidad de Localizaciones y Citaciones de ese Circuito Judicial, ya que durante el proceso se han aportado ya tres direcciones para ese fin y ese despacho debe tener conocimiento de tal herramienta. Debo recalcar que en el mismo despacho inicié mucho antes que el proceso ordinario de marras (08-1605-173-LA) otro proceso ordinario laboral (08-2279-0173-LA) al cual se le asignó a otro juez, quien ya dictó sentencia pese a no poder efectuarse notificaciones por lo incierto de las direcciones de la parte demandada y se encuentra en proceso de ejecución, llevándose a cabo los embargos respectivos; mientras que al parecer el señor A. aún tiene detenido el proceso ordinario que se le asignó, por supuestos inconvenientes en la dirección para las notificaciones de la parte demandada, que no justifican tal retraso. S. se realice la investigación respectiva a fin de sentar responsabilidades e imponer las sanciones que este Tribunal considere pertinentes...."

ello visible a folios 1,2.

  1. A folio 12,consta resolución de este Tribunal, de las ocho horas con cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueveen la que ordena levantar la información correspondiente a los hechos denunciados y solicita un Informe a la autoridad recurrida, licenciado F.A.E., Juez del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía, II Circuito...

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