Sentencia nº 00045 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 26 de Enero de 2009

PonenteMéndez Vargas Leda
Fecha de Resolución26 de Enero de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia08-000285-0031-IJ-M

45-2009

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las catorce horas diez minutos del veintisies de enerode dos mil nueve

Proceso disciplinario seguido contra el licenciado R.C.Á., Juez del Juzgado Civil de Santa Cruz, por atraso injustificado.

Resultando

I.-

Mediante la resolución de las trece horas del nueve de mayodel dos mil ocho, se le dio traslado de cargos al servidor R.C.A., para que se manifestara con respecto de lo siguiente:Se le atribuye atraso injustificado en el trámite del expediente 06-000682-0388-CI que es información posesoria promovida por L.J.M.M. y otro; concretamente que en el citado expediente usted dictó la resolución de las 9 horas y 57 minutos del 15 de noviembre del 2007, donde se le previene a la titulante aportar certificación del Registro Público a nombre de la promovente, en la cual indique si ha inscrito terrenos por información posesoria, copia que se solicitó aportar a fin de remitirla al Representante del Estado. Cumpliendo con la anterior prevención, el Apoderado Especial Judicial de los actores, licenciado M.M.M., presenta escrito en fecha 28 de noviembre siguiente, donde aclara que las certificaciones prevenidas constan en el expediente y aporta fotocopias de las mismas. No obstante lo anterior y que las fotocopias prevenidas fueron presentadas, por resolución de las 12 horas y 26 minutos del 15 de febrero del 2008, atrasando injustificadamente el trámite y resolución de las diligencias, usted le vuelve a prevenir a la promovente aportar fotocopia de la referida certificación del Registro Público, resolución contra la cual el licenciado M.M. interpone recurso de revocatoria en fecha 21 de febrero último reiterando que ya aportó las copias prevenidas, recurso que no se ha resuelto, atrasando aún mas el asunto.

II.-

El servidorrechazó los cargos, indic que realizó las prevenciones de acuerdo con su criterio y obedeciendo el procedimiento quecomo juez considera correcto.

III.-

Sin notarse d efectos u omisiones capaces de producir nulidad o indefensión, se dicta la presente resolución dentro de los plazos legales. R. integrante M.V.;

Considerando

I.-

Hechos Probados: De acuerdo con los elementos de prueba que se indica a continuación, se tiene por demostrado los siguientes: 1-El expediente número 06-000682-388-CI, se tramit en el Juzgado Civil de Santa Cruz y en noviembre del dos mil siete, la Procuraduría General de la República solicit al Juzgado se aportara a sus oficinas la certificación del Registro...

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