Sentencia nº 00838 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 24 de Octubre de 2008

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia08-000733-0031-IJ-F

Nº 838

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil ocho.-

Procedimiento disciplinario seguido contra de IGNORADO, a instancia de la licenciada L.M.L.Q. el integrante R.F. Garrido; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Mediante denuncia interpuesta ante la Secretaría de la Inspección Judicial, el veintiuno de agosto último, la licenciada L.M.L.Q., pone en conocimiento que solicitó a la licenciada L.M.V., Integrante del Tribunal de la Inspección Judicial, colaboración para recibir en la primera audiencia del veinte de agosto del año en curso su prueba testimonial en la ciudad de Limón, esto dentro de la queja disciplinaria número 08-000444-031-IJ en su contra, que efectivamente la licenciada M.V., realizó la coordinación pertinente con el Juzgado Civil de Limón y fue señalada para las diez horas treinta minutos. No obstante, llegado el veinte de agosto, se desplazó a la ciudad de Limón, siendo informada por el Juzgado Civil que la prueba no era posible recibirla pues no había ingresado la comisión; ante ello se comunicó con la licenciada E.C., quien indicó que la Auxiliar encargada, a pesar de habérsele indicado desde el siete de agosto de dos mil ocho, efectuar la resolución que convoca a la audiencia no la había realizado, ver folio 1.-

II.-

Con la información recibida, por resolución de las dieciséis horas y diez minutos del veintinueve de agosto del año en curso, se ordenó el inicio e investigación de los hechos denunciados. Se incorporó a los autos, un informe rendido por la licenciada L.M.V., ver folios 2 frente y vuelto, aclaró entre otras y en términos generales, que la atención de los casos identificados con la letra "M" ha tenido una serie de inconvenientes producto de incapacidades de sus titulares, sin poder nombrar sustitutos en esas plazas,informándose a la licenciada M.L. que se iba hacer lo posible para señalar la prueba pero ello no fue posible debido a los inconvenientes apuntados.Por su parte, la licenciada E.C.R. rindió un informe, ver folios 16 y 17, señalando, haberse comunicado con el Juzgado Civil de Limón y coordinar el envío de la comisión respectiva el jueves siete de agosto de dos mil ocho, no obstante, tuvo que desplazarse a otros circuitos judiciales, imposibilitando dar mayor seguimiento al expediente 444-08M.

III.-

De acuerdo con lo expuesto, se tiene que los hechos acusados no cuentan con algún sustento probatorio que nos permita...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR