Sentencia nº 00829 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 24 de Octubre de 2008

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000841-0031-IJ-F

N° 829

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.-

S.J., a las catorce horas del veinticuatro de octubre del año dos mil ocho.-

Proceso administrativo disciplinario seguido contra los licenciados L.E.C. H. y G.S.J., Fiscales Auxiliares del Ministerio Público de la Unidad de Trámite Rápido de P., por denuncia de la Fiscalía General de la República.-

RESULTANDO:

1)Mediante resolución de las catorce horas veinte minutos del quince de noviembre del año dos mil siete, se le dio traslado de cargos a los servidores C.H. y S.J., para que se manifestara con relación a los siguientes cargos, donde se les acusó: "Negligencia en el cumplimiento de sus deberes, ante un tramite inoportuno de los expedientes a su cargo y reportar datos inconsecuentes en sus informes estadísticos. Específicamente, en cuanto a la servidora L.E.C.H., se tiene que reportó al final de julio un circulante de doscientos diez causas; cuando, del conteo y revisión manual se determinó un circulante de quinientos ocho casos. Además, se determinó un incumplimiento del plazo de dos meses otorgado a esa Unidad para la tramitación de expedientes penales. En cuanto al servidor G.S.J., se presentaron inconsistencias en el circulante de causas a su cargo, reflejando en junio 190, dato corregido por el licenciado C.S.S. a 233, sin embargo inició en el mes de agosto con 333 casos y finalizó este mes con un total de 307 causas penales. Además, se determinó un incumplimiento del plazo de dos meses otorgado a esa Unidad para la tramitación de expedientes penales."(C. suplida).-

2)De los anteriores cargos se pronunciaron los denunciados conforme a sus memoriales que corren agregados en autos a folios 71 al 74 y 210 al 216.-

3)En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.-

Redacta el Inspector General Judicial, licenciado F. Garrido ; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Se acusó a la licenciada L.E.C.H., haber reportado al final de julio de dos mil siete, un circulante de doscientos diez causas; cuando, del conteo y revisión manual se determinó que su circulante era de quinientos ocho casos. Al respecto, explicó la encausada en su memorial que rola de folios 71 al 74, haber realizado el reporte correcto, no así, se puede decir del reporte efectuado por el licenciado F.C.P., quien lo hizo de forma manual, conjuntamente con la licenciada A.I.M.L. y el bachiller R.B.A., quienes incluyeron los asuntos...

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