Sentencia nº 00373 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 4 de Mayo de 2009

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia09-000245-0031-IJ-B

N° 373-2009.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las catorce horas veinte minutos del cuatro de mayo del dos mil nueve.-

Procedimiento disciplinario número 09-000245 (2), por inconformidad con el trámite de proceso de desahucio; incoado contra el Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; a instancia del señor F.G.C. A.. -

Redacta el integrante B.R. ; y,

CONSIDERANDO

I.-

El pasado veinticuatro de marzo, formuló queja ante este Órgano Disciplinario el señor F.G.C.A., quien en su condición de actor del Proceso de Desahucio número 08-001032-0169-CI, a cargo del Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; mostró su inconformidad con elDespacho, pues afirmó que "enviaron una notificación al demandado la cual iba sin la firma del Juez respectivo, este hecho atrasó mucho mi expediente..." (folio 1, cursiva suplida); además el quejoso indicó que luego de gestionar la notificación con la firma del Juez, coordinar con el Notificador y entregarla a la demandada, le reportaron que la misma se extravió en el Juzgado.También se quejó el señor C.A., porque semanas atrás asistió a una conciliación, para lo cual tomó vacaciones, llevó a su abogado, su esposa como testigo quien también sacó vacaciones, y al día de su denuncia no tiene respuesta sobre esadiligencia; por lo que consultó al Juzgado donde le dijeron que la Jueza a cargo del expediente, está ya jubilada, "y me indica la licenciada I. que la conciliación que asistí hace veintidós días no procede porque la demandada en tiempo y forma había notificado al Juzgado que no podía asistir con su representante legal por enfermedad..." (folio 2, cursiva suplida).

II.-

Mediante resolución dictada a las diez horas con cuarenta minutos del treinta y uno de marzo del corriente, se ordenó levantar la información correspondiente, y practicar todas las diligencias que fueran necesarias, dentro de las cuales se solicitó informe sobre los hechos de la queja, al Juez Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, a cargo del proceso motivo de inconformidad (folios 3 a 5).Recibido el informe solicitado, suscrito por el Juez Coordinador del Despacho cuestionado, R. Á.T. (folios 6 y 7);detalló el Iter del proceso desde la interposición de la demanda, hasta la resolución que convocó a audiencia de conciliación a celebrarse el pasado seis de marzo, sobre la cualefectivamente indicó que no fue celebrada por ausencia de la abogada de...

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