Sentencia nº 00483 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 28 de Mayo de 2009

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia09-000395-0031-IJ-F

N° 483

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.-

S.J., a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve.-

Proceso administrativo disciplinario seguido contra el licenciado Orlando Rojas Sáenz, Juez del Tribunal de Juicio del Tercer Circuito Judicial, Sede Desamparados.-

RESULTANDO:

1)Mediante resolución de las once horas y cuarenta minutos del veintidós de octubre de dos mil ocho, se le dio traslado de cargos al servidor R.S., para que se manifestara con relación a los siguientes cargos, donde se le acusó: "Incorrecciones o fallas en el ejercicio de su cargo, mismas que afectan el buen servicio y la imagen del Poder Judicial al no tomar las previsiones necesarias en la Agenda del Despacho, para evitar que la irregular atención de sus citas odontológicas, provocaran la anulación de los debates de las causas números: 05-000171-609-PE, seguida contra H.V.C. y otros, por el delito de Proxenetismo en perjuicio de las Buenas Costumbres; 05-25953-042-PE, seguida contra E.R.R., por los delitos de Receptación y Lesiones Leves, en perjuicio de J.P.V.S. y otros; y 07-045-522-TP, seguida contra L.H.H., por el delito de Concusión en perjuicio de la Caja Costarricense de Seguro Social. Específicamente se tiene que en la causa penal número 07-045-522-TP, seguida contra L.H. H., por el delito de Concusión en perjuicio de la Caja Costarricense de Seguro Social, en este asunto la audiencia debía continuar, ya que así estaba señalada su continuación, el dieciocho de agosto último, la cual no se pudo realizar debido a su forma de ser atendido médicamente, sea sin cita previa programada, donde fue incapacitado durante los días trece al veinte de agosto de dos mil ocho.- En la causa número 05-25953-042-PE, seguida contra E. R.R., por los delitos de Receptación y Lesiones Leves, en perjuicio de J.P.V.S. y otros, se debió continuar con la audiencia el ocho de setiembre de dos mil ocho y de igual forma, por la falta de programación de la cita médica, siendo incapacitado después de ser atendido, por lo cual no se pudo integrar el Tribunal para finalizar dicho juicio, debiendo señalar nuevo debate para el veintiséis de setiembre de dos mil ocho.- En la causa penal número 05-000171-609-PE, seguida contra H.V.C. y otros, por el delito de Proxenetismo en perjuicio de las Buenas Costumbres, fue convocado a juicio oral y público desde el primero de abril de dos mil ocho, a celebrarse para los días que van del primero al ocho de setiembre último, la audiencia inició y se...

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