Sentencia nº 00355 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 30 de Abril de 2009

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución30 de Abril de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia08-000676-0031-IJ-F

N° 355

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.-

S.J., a las diez horas y cuarenta minutos del treinta de abril del año dos mil nueve.-

Proceso administrativo disciplinario seguido de oficio contra el licenciado J.C. C.M., Juez Civil, Trabajo y Familia de A. y Parrita.-

RESULTANDO:

1)Mediante resolución de las dieciséis horas treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil ocho, se le dio traslado de cargos al servidor C.M., para que se manifestara con relación a los siguientes cargos, donde se le acusó: "Incorrecciones o fallas en su vida privada, mismas que afectan la imagen pública del Poder Judicial, ante la comisión de un hecho constitutivo del delito de homicidio culposo y conducirel vehículo placas 668664, con el cual participó en el mencionado delito, bajo los efectos del licor.Específicamente, se tiene que el ocho de marzo del año dos mil siete, ante la Fiscalía de P.Z., usted fue denunciado por el señor A.S.P., como responsable del atropello de la señora M. delC.G.G., quien falleció en el Hospital Escalante Pradilla a eso de las veintidós horas con treinta minutos del siete de marzo de ese año, producto del atropello con fractura de cráneo, contusiones y hemorragia cerebrales. Hechos ocurridos frente al restaurante M.D., en el centro de San Isidro de P.Z., cuando la víctima estaba a un paso de cruzar la carretera, fue atropellada por el vehículo placas 668664, conducido por su persona, haciéndolo a gran velocidad y bajo los efectos del licor, pues el resultado de la alcoholemia a usted practicada arrojó como resultado un 2.07 C/L. Por tales hechos a usted se le siguió la causa penal Nº 07-000313-219-PE, en la cual se celebró una audiencia de conciliación y llegó a un arreglo privado, mismo que homologó el Juez Penal de P.Z. y dictando sobreseimiento el veintisiete de junio del año en curso. Además, se tiene que lo ocurrido ha sido puesto en conocimiento del periodista G.M. de Telenoticias de Canal Siete, con el fin de que sea difundido a la opinión pública a través de ese medio."

(C. suplida).-

2)De los anteriores cargos se pronunció el denunciado conforme a su memorial que corre agregado en autos de folios 10 al 17, donde se refiere a la prueba documental, en cuanto al correo electrónico enviado por el periodista G.M., se aprecia que quién lo redacta tiene ánimo de perjudicar su imagen. Sobre los hechos que se le imputan formalmente, en cuanto al accidente sufrido el siete de marzo del año dos mil siete, para esa fecha no...

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