Sentencia nº 00653 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 27 de Octubre de 2011

PonenteBonilla Cordero José Miguel
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2011
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia10-000963-0031-IJ-N

EXPEDIENTE: 10-000963-0031-IJ

ACUSADO: G.M.V.

QUEJOSO: C.Z.G.

100009630031IJ*

EXPEDIENTE:

10-000963-0031-IJ

ACUSADO:

G.V.

QUEJOSO:

CARLOSZÚÑIGA GUTIÉRREZ

N° 653-2011

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las once horas treinta y cinco minutos del veintisiete de octubre del año dos mil once.

Proceso administrativo disciplinario número 10-000963-031-IJ, seguido contra G.M.V., Investigador de la Unidad de Hurtos del Organismo de Investigación Judicial, a instancia de C.Z.G..

RESULTANDO:

I-) Mediante resolución de las quince horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del año dos mil diez, se le dio traslado de cargos al servidor G.M.V. para que se manifestara en relación con los siguientes cargos, donde se le acusa: "1) Que el día diez de agosto del dos mil diez, en horas de la tarde, se dio aviso de una tacha de dos vehículos, por las cercanías de la Universidad de las Ciencias y el Arte, uno de los los cuales pertenece a usted. Ante ello, usted y el señor C.C.M., el otro ofendido, formularon las denuncias respectivas. Esta denuncia le fue asignada al oficial O.H.A., quien de inmediato inició las indagaciones de rigor. Es así, como en primera instancia, el señor H.A. lo entrevista, encontrando una actitud de poca colaboración, pese a que usted, no sólo es ofendido en esta causa, sino también funge como jefe de grupo. 2) Siempre dentro de esta misma causa, usted de manera negligente, no ordenó la realización de una inspección ocular, aduciendo para ello que para eso el testigo y también oficial del Organismo de Investigación Judicial, E.V.B. había hecho un reconocimiento, pese a que era de suma importancia, determinar la existencia de más evidencias, como por ejemplo huellas dactilares. 3) El día trece de agosto del año en curso, ingresó la denuncia N°10-015101-0042-PE, donde se reportaba la tacha de un vehículo en Santa Ana, sea un día después de la tacha de su vehículo, lo cual usted se lo comunicó al I.C.Z.G., pareja de trabajo de H.A., indicándole que había conversado con la ofendida y que por lo dialogado con ella, podrían coincidir los causantes del ilícito con los mismos que días antes le habían tachado su vehículo y que esta se presentaría a la oficina el lunes dieciséis. El lunes dieciséis de agosto al ser las catorce horas cuando se presentó a laborar el señor Z.G., usted le indicó que había ido a visitar a la ofendida y que le había llevado las fotos de los sospechosos que se tenían dentro de la causa en la cual usted...

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