Sentencia nº 00544 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 4 de Julio de 2008

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2008
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia08-000466-0031-IJ-F

N° 544

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las catorce horas y treinta y cinco minutos del cuatro de julio del dos mil ocho.-

Diligencias de queja No. 08-000466 (1), incoada contra el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; a instancia de los señores E.S. R. y E.P.G..-

Redacta el integrante F. Garrido ; y,

CONSIDERANDO

I.-

El pasado cuatro de junio, fue recibido en este O.D. escrito de queja firmado por los señores E.S.R. y E.P.G., quienes en su condición de presuntos herederos dentro del expediente número 06-300140-468-LA, a cargo del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; mostraron su inconformidad con el Despacho, por cuanto afirmaron que "[...] este juicio está listo para sentencia desde más de seis meses y todavía la última resolución que nos notificaron, no tiene sentido alguno pues, ya se evacuaron todas las pruebas y todavía estamos sufriendo ahora por este atraso desproporcionado en que el Juzgado de Trabajo de Guápiles tiene este expediente."(Folio 1, cursiva del original).-

séoséoII.-

Mediante resolución dictada a las nueve horas con veinticinco minutos del diez de junio corriente, se ordenó levantar la presente información, y practicar todas las diligencias que fueran necesarias, dentro de las cuales se solicitó informe sobre los hechos denunciados, al J. a cargo del cuestionado proceso (folios 5 al 7).Recibido el informe solicitado suscrito por el Juez, licenciado E.H.C., explicó que el expediente motivo de queja dio inicio el quince de marzo del dos mil seis, y se trata de un proceso ordinario por Riesgos del Trabajo, donde se apersonó la Sucesión del señor M.A.S.P., de la que forman parte los quejosos. Añadió el Juez informante, que el último acto procesal fue realizado el veinticinco de abril último, donde se solicitó al Ministerio Público de Limón, copia certificada del expediente número 06-003499-042-PE, tramitado por Homicidio Culposo en daño del causante; y sería hasta cumplida esa petición, que estaría el asunto concluido para estudio final del Auxiliar Judicial a cargo de la tramitación, y "[...] el posterior cómputo de plazos por parte del Asistente Judicial y su respectivo pase al dictado de la resolución de fondo [...]" (Folio 8, cursiva suplida).Finalmente expuso el Juez informante que "[...] es de principio que en casos como el de bajo estudio y objeto de la queja es haber dado audiencia a la institución co-demandada en su condición de...

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