ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA A LOS ARTÍCULOS 5, 7 Y 12 DE LA LEY ORGÁNICA DEL

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA, N.º 8831,

DE 12 DE MAYO DE 2010

CARLOS FELIPE GARCÍA MOLINA

VANESSA DE PAUL CASTRO MORA

EXPEDIENTE N.° 24.155

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES


PROYECTO DE LEY

REFORMA A LOS ARTÍCULOS 5, 7 Y 12 DE LA LEY ORGÁNICA DEL

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA, N.º 8831,

DE 12 DE MAYO DE 2010

Expediente N.° 24.155

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

  1. importancia de las disciplinas atinentes al fenómeno criminal

La criminología es reconocida como la ciencia social encargada del estudio de la criminalidad, abarcando una gran cantidad de elementos que intervienen en este fenómeno. A través de los años la ciencia criminológica se ha visto en la necesidad de evolucionar para afrontar y adaptarse a los nuevos desafíos de las sociedades modernas, así han surgido novedosos modelos de abordaje sobre la causa criminal, realizando un salto cuantitativo y cualitativo en las estrategias criminológicas para proponer soluciones a los delitos del siglo XXI.

Con el progreso de la ciencia criminológica en los últimos años, esta se ha conceptualizado como aquella ciencia que estudia integralmente el fenómeno criminal, considerando su génesis, variables, actores y consecuencias, con el objetivo de explicar su existencia, prevenir su ocurrencia y mitigar las repercusiones individuales y sociales que se generan.

En virtud de lo anterior, un grupo de profesionales visionarios emprendieron la labor de crear un colegio profesional ante la inminente necesidad de fomentar y desarrollar la profesionalización del personal empírico encargado de atender las diferentes áreas relacionadas con el combate al crimen, cuyos antecedentes refieren a egresados de diferentes centros de estudios en el país como el Colegio Universitario de Cartago (CUC), la Universidad Estatal a Distancia (UNED) y la Universidad Libre de Costa Rica (Ulicori). De esta forma, para el año 2010 se crea mediante Ley N.° 8831 el Colegio de Profesionales de Criminología de Costa Rica.

Nunca ha sido tan necesario para la criminología incorporar, a su estudio y análisis, todo un campo novedoso que permita diversos enfoques de trabajo e intervención con la finalidad de prevenir el delito y generar información segura y precisa, adaptada a los nuevos modelos y cuestionando el valor de la información, su aporte positivo y la manera de transformar los datos en decisiones que beneficien a la sociedad.

La delincuencia en sus distintas manifestaciones, entre ellas crimen organizado, ciberdelincuencia, corrupción, la violencia en los centros educativos, violencia de género, entre muchos otros, genera nuevas metas, debates y estrategias que las personas profesionales en criminología, administración policial y prevención del delito, investigación criminal, criminalística y ciencias policiales deben alcanzar, enfocadas en el planteamiento de un abordaje global, utilizando la creatividad y las características proactivas en conjunto con el liderazgo, la multidisciplinariedad y la polifuncionalidad, que son principios inherentes al éxito.

Durante el transcurso de los últimos años, las ciencias criminológicas han venido evolucionando en el Colegio de Profesionales en Criminología, permitiendo el progreso de la ciencia, brindando respaldo y credibilidad a las diferentes personas profesionales mediante la integración de nuevas disciplinas que, sin duda alguna, brindan gran riqueza e impacto en nuestro país en la toma de decisiones en torno a la gestión de la seguridad ciudadana a través de los puestos en los que se desempeñan en las diversas organizaciones públicas y privadas.

  1. AFECTACIÓN DE LA EXCLUSIÓN DE PROFESIONALES AFINES A LAS CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS DEL COLEGIO PROFESIONAL

En los últimos años, diferentes Juntas Directivas del Colegio de Profesionales en Criminología, han mantenido la visión de las personas pioneras de continuar promoviendo el crecimiento de la profesión. Por ese motivo, en el año 2018 tras una serie de análisis técnicos y jurídicos, se determina la necesidad de incorporar nuevas especialidades para aumentar la eficacia y mejorar la eficiencia del estudio criminológico, permitiendo la apertura para la incorporación de profesionales en ciencias policiales, administración policial y prevención del delito, investigación criminal y criminalística, dada la atinencia de estas ciencias con el estudio del fenómeno criminal y las bases de sus mallas curriculares.

Sin embargo, la actual Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Criminología, solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR) un criterio jurídico sobre los acuerdos tomados en anteriores administraciones referentes a la incorporación de las especialidades anteriormente citadas, según lo dispuesto en los artículos 5, 7 y 12 de la Ley N.° 8831, ante lo cual la PGR emite un pronunciamiento con fecha 19 de octubre del 2023 (PGR-C-192-2023) en el que le informa al colegio que únicamente pueden incorporarse aquellos profesionales graduados de criminología, imposibilitando de esta forma la incorporación futura de las demás especialidades.

Aunado a lo anterior, el 27 de octubre la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Criminología emite un comunicado público en el que anuncian la suspensión inmediata de la “militancia” a todas aquellas personas profesionales actualmente incorporadas al Colegio, graduados de las diferentes especialidades. A pesar de que el criterio de la PGR, no se refirió sobre el proceder de las personas agremiadas ya incorporadas, las cuales ya habían asumido derechos y deberes desde años anteriores.

La necesidad de reformar la Ley 8831 procura brindar un mayor respaldo jurídico a las personas profesionales de las disciplinas de investigación criminal, criminalística, administración policial y prevención del delito y de ciencias policiales. Asimismo, el colegio profesional ya cuenta con instrumentos normativos internos adecuados a las nuevas necesidades de la institución que contemplan a todas las profesiones, entre ellos el Código de Ética y perfiles profesionales de ciencias atinentes al Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.

A raíz del pronunciamiento de la PGR y el acuerdo tomado por la Junta Directiva de suspender la afiliación de estas personas profesionales, se ha generado una lesión a cientos de profesionales quienes se encuentran hoy en una incertidumbre jurídica y laboral, quedando sin el respaldo de un colegio profesional, justo cuando el país afronta una situación crítica en materia de seguridad ciudadana.

Considerando el aumento grave de la violencia y la criminalidad, resulta indispensable contar con personas profesionales en áreas que puedan apoyar desde todos los ámbitos en los que se destaquen laboralmente, y para ello se requiere brindarles el apoyo al contar con un colegio profesional para que puedan ejercer sin ningún obstáculo.

En virtud de lo anteriormente indicado, se somete a consideración de las señoras y señores diputados el siguiente proyecto de ley para su estudio y pronta aprobación.


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

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