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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
REFORMA AL ARTÍCULO 1 DE LA LEY QUE CREA EL DERECHO DE PROPINA A TRABAJADORES DE RESTAURANTES, LEY N° 4946 DEL 1 DE FEBRERO DE 1972, PARA GARANTIZAR SU DISTRIBUCIÓN ENTRE TODOS LOS COLABORADORES DEL SERVICIO
CAROLINA DELGADO RAMÍREZ
DIPUTADA
EXPEDIENTE N°24.238
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
REFORMA AL ARTÍCULO 1 DE LA LEY QUE CREA EL DERECHO DE PROPINA A TRABAJADORES DE RESTAURANTES, LEY N° 4946 DEL 1 DE FEBRERO DE 1972, PARA GARANTIZAR SU DISTRIBUCIÓN ENTRE TODOS LOS COLABORADORES DEL SERVICIOExpediente N. º24.238
Exposición de motivos.
En el año 2011, la entonces diputada Marielos Alfaro Murillo presentó un proyecto de ley para proteger el empleo de los saloneros y meseros, toda vez que se venía generando un problema a raíz de la redacción de la Ley que crea el derecho de propina a trabajadores de restaurantes, Ley N° 4946 del 1 de febrero de 1972, en tanto la propina estaba siendo considerada como parte del salario de los trabajadores para el cálculo de las prestaciones, lo que provocaba un enorme riesgo para el sector, que ante un incremento considerable de los costos por cuotas obrero-patronales y extremos laborales, comenzó a despedir trabajadores.
En esa ocasión, los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa aprobaron el expediente N° 18.278 planteado por la legisladora en mención y establecieron una importante diferencia entre el servicio 10% -antes conocido de manera errónea como “impuesto al servicio”, pese a no tener las características de un tributo- y la propina, que quedó establecida con claridad como una liberalidad del cliente entregada a raíz de su satisfacción por el servicio, lo que dio un respiro importante a sectores como el de bares, restaurantes y turismo, que son hoy fundamentales en la actividad económica del país.
En tal iniciativa, se estableció que los patronos no participarían del beneficio del diez por ciento sobre la cuenta total de cada mesa sin incluir el impuesto de ventas (hoy impuesto al valor agregado) como una forma de garantizar que el dinero quedara en manos de los trabajadores. Sin embargo, con el pasar del tiempo, se ha observado que estos recursos no están llegando a todos los que participan en la cadena que va desde la toma de la orden hasta la satisfacción final del cliente.
Resulta que la Ley que creó el derecho a la propina y la reforma mencionada, plantean que el servicio 10% y la propina son retribuciones para los saloneros y meseros, pero no dice nada respecto a quienes trabajan en la cocina, quienes lavan platos y quienes limpian el local, entre otros, los cuales también son importantes para brindar el servicio final al cliente.
Aunque en muchos restaurantes y bares los mismos trabajadores se han venido organizando voluntariamente para repartir la totalidad del servicio 10% y de la propina entre todos los trabajadores que participan, esto no se da en todos los casos, dejando sin reconocimiento pecuniario el aporte de aquellos que no son meseros o saloneros. Esto es particularmente sensible en negocios pequeños, donde la mayoría de las cocineras son mujeres, por lo que estamos se está dando una desigualdad injustificada en materia de ingresos y una injusticia evidente en perjuicio de trabajadoras que también contribuyen a que todo a pedir de boca. También lo es en actividades gastronómicas cada vez más complejas, donde se requiere conocimiento especializado en barismo, alta cocina, coctelería y otras técnicas sofisticadas, lo que hace necesario otorgar un reconocimiento dinerario.
Es por ello que este proyecto de ley pretende hacer una simple modificación al artículo 1 de la Ley 4946, con el...
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