Circular nº 037 de Corte Plena del Poder Judicial, 18 de Diciembre de 1990

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 1990
EmisorCorte Plena del Poder Judicial

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CIRCULAR No. 37-90

ASUNTO:Seestablece que a partir del 1 de enero entrante, una caducidad a las boletasdistribuidas en materia laboral, cuando trascurran mas de tres días después dela fecha de su expedición; las que deban presentarse sin raspaduras, tachaduras o borrones.

A TODAS LAS AUTORIDADES QUE CONOCEN DE LA MATERIA LABORAL ABOGADOS Y PUBLICO EN GENERAL,

SE LES HACE SABER:

Que la Corte Plena en sesión celebrada el diez dediciembre en curso, artículo LV, dispuso establecer a partir del 1 de enero delaño próximo entrante, la aplicación de una caducidad a las boletas distribuidasen materia laboral, cuando transcurran más de tres días después de la fecha deexpedición, plazo éste que comienza a correr a partir del día siguiente en quefue extendida. De manera que la boleta distribuida en materia laboral, seráabsolutamente nula y por ende carente de validez y eficacia...

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